I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Sanidad animal. (BOE-A-2022-21136)
Real Decreto 992/2022, de 29 de noviembre, por el que se establece el marco de actuación para un uso sostenible de antibióticos en especies de interés ganadero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022
8.

Sec. I. Pág. 171051

Caza de cría:

a) Explotaciones de producción de huevos: menos de 350 ponedoras.
b) Explotaciones de producción de aves de abasto o para suelta en cotos de caza:
menos de 1000 animales/año.
c) Explotaciones de conejo silvestre: menos de 300 madres reproductoras.
9.

Apicultura:

Explotaciones de menos de 15 colmenas.
10.

Acuicultura:

Establecimientos exentos de tener autorización en base al artículo 176 del
Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo
de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se
modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal. Así como en base al
artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) 2020/691 de la Comisión, de 30 de enero
de 2020, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y
del Consejo en lo referente a las normas para los establecimientos de acuicultura y los
transportistas de animales acuáticos.
ANEXO II
Cálculo de las unidades de referencia
El cálculo de las unidades de referencia (UR) se realiza multiplicando el número total
de animales obtenido de la base de datos SITRAN según la tabla 1 por el peso de
referencia medio estimado para el tratamiento de un animal de esa especie y categoría
según la tabla 2 en el periodo calculado.
1.

UR = 1 kg de peso vivo
Tabla 1.

Especies

Cálculo del número de animales según clasificación zootécnica
Clasificación zootécnica

Cálculo del total de animales

Explotaciones de reproducción para producción de leche.
Explotaciones de reproducción para producción de carne.
Explotaciones de reproducción para producción mixta.
Recría de novillas.
Otras.
Cebaderos.

Censo medio trimestral más el número de animales de los
movimientos de entrada a la explotación en el trimestre, menos el
número de animales de los movimientos de salida de la
explotación en el trimestre.
cve: BOE-A-2022-21136
Verificable en https://www.boe.es

Bovino.

Censo medio trimestral.