I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-21134)
Real Decreto 955/2022, de 15 de noviembre, por el que se crea un Centro del Instituto Cervantes en Seúl, República de Corea.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 171011

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Real Decreto 955/2022, de 15 de noviembre, por el que se crea un Centro del
Instituto Cervantes en Seúl, República de Corea.

El Instituto Cervantes, creado por la Ley 7/1991, de 21 de marzo, está adscrito al
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la
Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el Mundo, de
conformidad con lo previsto en el artículo 13.5 del Real Decreto 267/2022, de 12 de abril,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Entre sus fines se encuentran la promoción
universal de la enseñanza, el estudio y el uso del español, así como contribuir a la
difusión de la cultura en el exterior.
El artículo 20 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 1526/1999, de 1 de
octubre, establece que el Instituto Cervantes contará para el cumplimiento de sus fines
con una red de centros en el exterior que ostentarán dicha denominación genérica y que
quedarán adscritos a las Misiones Diplomáticas o, en su caso, a las oficinas consulares
de España en el extranjero.
El Acuerdo de Cooperación Cultural entre el Reino de España y la República de
Corea, hecho en Seúl el 17 de enero de 1994, establece que «Cada una de las Partes
facilitará el establecimiento, en su territorio, de instituciones culturales del otro país, con
posterioridad al acuerdo y de conformidad con las leyes internas de su país respectivo».
Actualmente, el Instituto Cervantes está presente en Corea a través del Aula Cervantes
en Seúl, dependiente del centro del Instituto Cervantes en Tokio (Japón).
La intensificación de la relación bilateral entre ambos países y el creciente interés de
la sociedad coreana por España y el español configuran el momento actual como el más
adecuado para llevar a cabo la creación de un centro del Instituto Cervantes en Seúl,
donde sus homólogos europeos están presentes desde hace años.
En relación con lo dispuesto en el citado artículo 20 del Reglamento del Instituto
Cervantes respecto de la adscripción de los centros en el exterior, y conforme al
artículo 45 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del
Estado, el Instituto Cervantes se integra en la correspondiente Misión Diplomática o
Representación Permanente como órgano técnico especializado.
La supresión y creación de los centros del Instituto Cervantes en el exterior, en
cuanto supone una modificación de la estructura de la Misión o Representación, debe
realizarse, de conformidad con el artículo 42.6 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo,
mediante real decreto, a iniciativa del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, y a propuesta del Ministerio de Hacienda y Función Pública, previo informe
del Consejo Ejecutivo de Política Exterior.
El artículo 8.2.a) de la citada Ley 7/1991, de 21 de marzo, establece que
corresponde al Consejo de Administración aprobar los planes generales de actividades
del Instituto Cervantes; y en virtud de los artículos 13.ñ) y 16.b) de su Reglamento,
corresponde a dicho Consejo de Administración aprobar, a propuesta del director, la
creación de centros en el exterior.
De acuerdo con la citada normativa, el Consejo de Administración del Instituto
Cervantes, en su sesión de 31 de enero de 2022, aprobó la apertura de un centro en
Seúl (República de Corea) y autorizó a la Secretaria General a realizar cuantas
actuaciones fuesen necesarias o convenientes para llevar a cabo la apertura y puesta en
marcha del citado centro.

cve: BOE-A-2022-21134
Verificable en https://www.boe.es

21134