II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-21109)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 170763

4.2 En el supuesto de tratarse de una plaza con perfil lingüístico bilingüe el
conocimiento del euskera se acreditará conforme a lo establecido en la base 2.2.4.
En el supuesto de que la acreditación del conocimiento del euskera se realice con la
aportación de los títulos o certificados o mediante la convalidación de otros méritos a los
que alude la base 2.2.4, tanto el título como la convalidación deberán haber sido
obtenidos con anterioridad a la fecha fin de entrega de solicitudes.
4.3 En el supuesto de tratarse de una plaza con el requisito de conocer un idioma
no oficial se acreditará conforme a lo establecido en la base 2.2.5.
En el supuesto de que la acreditación del idioma no oficial se realice con la
aportación de los títulos a los que alude el artículo quinto de la Normativa sobre la
obtención de la acreditación para impartir docencia en idiomas no oficiales, o mediante la
convalidación de otros méritos a los que alude igualmente el citado artículo 5.º, tanto el
título como la convalidación deberán haber sido obtenidos con anterioridad a la fecha de
fin de entrega de solicitudes.
4.4 La Rectora, una vez analizada la documentación presentada por las y los
interesados, dictará resolución por la que se apruebe la relación definitiva de personas
admitidas y excluidas, que será objeto de publicación en el tablón de anuncios de la
Sección de Personal Docente e Investigador y en la página web de la UPV/EHU.
Contra la referida resolución, que constituye un acto de trámite cualificado, se podrá
interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir de
su publicación en la página web de la UPV/EHU ante la Sra. Rectora de la UPV/ EHU, en
los términos previstos en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao.
En la resolución por la que se aprueba la lista definitiva de concursantes admitidos y
excluidos se hará constar que el acto de presentación se anunciará en la página web de
la UPV/EHU.
4.5 No se podrá interponer recurso alguno contra la relación definitiva de admitidos
y excluidos, si la persona interesada no hubiese interpuesto reclamación contra la
relación provisional, por tratarse de un acto firme y consentido.
5.

Comisiones de acceso

5.1 Las comisiones de acceso están formadas por los miembros que figuran en el
anexo II de la presente resolución, cuyo nombramiento se efectúa por este Rectorado.
5.2 El nombramiento como miembro de una comisión es irrenunciable, salvo
cuando concurra de manera sobrevenida causa justificada de fuerza mayor que impida
su actuación como miembro de la misma. En ese caso, la apreciación de la causa
alegada corresponderá a este Rectorado, quien resolverá en el plazo de cinco días
hábiles a contar desde la recepción del escrito de renuncia.
5.3 Asimismo, las y los aspirantes podrán recusar a los miembros de la comisión, o
éstos abstenerse, en el caso de que exista algún motivo de abstención o recusación de
los previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
En los casos en que se aprecie alguna causa de abstención, recusación o de
cualquier otra causa que impida la actuación de los miembros de la comisión titular,
estos serán sustituidos por sus respectivos suplentes.
En el caso de que también en el miembro suplente concurriera alguno de los
supuestos de abstención o recusación lo suplirá el de mayor categoría y antigüedad
entre los suplentes. Si agotadas estas posibilidades no fuera posible constituir la
comisión según se determina en el artículo siguiente, se procederá al nombramiento de
una nueva comisión.
El plazo para recusar a los miembros de la comisión de acceso será de un mes
desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (publicado en la propia

cve: BOE-A-2022-21109
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Núm. 298