II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-21112)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de los Grupos IV-A, III y II, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Martes 13 de diciembre de 2022
2.2

Sec. II.B. Pág. 170841

Formación específica.

Los cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las
funciones de la plaza a que se opta, se valorarán por cada hora lectiva con certificado de
aprovechamiento a 0,1 puntos y 0,05 puntos con certificado de asistencia si es formación
de los últimos 20 años.
Si es formación de más de 20 años, se aplicará un coeficiente reductor de 0.5 sobre
la puntuación anteriormente señalada.
Serán valorados los cursos que cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
– Haber sido organizados y/o impartidos por cualquier Universidad Pública o una
Administración Pública o una Organización Sindical o promotores de Formación continua.
– Que, habiendo sido organizados y/o impartidos por una entidad diferente a las
enumeradas en el párrafo anterior, sean homologados por la Universidad de León.
– Cuando proceda, las asignaturas específicas superadas de titulaciones, cuyo
contenido esté relacionado con la plaza convocada y no hayan sido valoradas en el
apartado 2.1., serán valoradas a razón de 5 horas/crédito tanto en titulaciones oficiales
pre-Bolonia como titulaciones oficiales post-Bolonia.
Anexo sobre la justificación de valoración de antigüedad y experiencia
– Puestos de trabajo desempeñados en la Universidad de León, si figuran como
empleados públicos en un expediente administrativo de la Universidad de León no
deberán acreditarlo documentalmente.
– Puestos de trabajo desempeñados en alguna de las universidades del convenio o
en otras administraciones públicas se acreditará mediante certificación del Servicio de
Personal de la administración correspondiente, en el que se acreditarán los extremos
referentes a fecha de inicio y fin de cada uno de los contratos, así como las categorías
profesionales desempeñadas.
– Puestos desempeñados en organismos o entidades privadas por cuenta ajena, o
para aquellos otros puestos desempeñados por cuenta propia, se justificará del siguiente
modo:
● Si los puestos han sido desarrollados por cuenta ajena, se aportará copia del/los
contrato/s de trabajo en los que se refleje lo declarado, así como informe de la vida
laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social en el que se acrediten
los periodos de cotización y el grupo de cotización.
● Si los puestos han sido desarrollados por cuenta propia, se acreditará mediante
informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social en el que
se acrediten los períodos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta
Propia o Autónomos y copia del Impuesto de Actividades Económicas correspondiente. En
caso de exención del citado impuesto, se aportará una certificación de la Tesorería de la
Seguridad social que certifique los epígrafes donde ha estado dado de alta.
ANEXO III

Tribunal titular:
Presidenta: D.ª Araceli Cano San Segundo.
Vocal: D.ª Carmen González Cubero.
Vocal: D. Luis Ignacio Martínez Casado.
Vocal: D. José Carlos Cosgaya Hijosa.
Vocal: D.ª Luzdivina Vila Fidalgo.
Secretario: D. David Ortega Díez.

cve: BOE-A-2022-21112
Verificable en https://www.boe.es

Tribunal