II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Funcionarios de los Subgrupos A1 y A2. (BOE-A-2022-20924)
Resolución 400/38461/2022, de 1 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297
Lunes 12 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 169840
OBSERVACIONES AL ANEXO III
OBSERVACIONES AL ANEXO III: (13)
(Lugar, fecha, firma y sello)
I N S T R U C C I O N E S:
(1) Especificar la Administración a la que pertenece el Cuerpo o Escala utilizando las siguientes siglas:
C - Administración del Estado
A - Autonómica
L - Local
TB – Agencia Estatal Administración Tributaria
(2) Sólo cuando consten en el expediente: en otro caso, deberán acreditarse por el interesado mediante la documentación pertinente.
(3) En todo caso, deberá cumplimentarse el apartado 3.1.
(4) Puestos de trabajo obtenidos por concurso, libre designación, nuevo ingreso y permuta.
(5) Si se desempeñara un puesto en comisión de servicios se cumplimentarán, también, los datos del puesto al que está adscrito con carácter definitivo el funcionario,
expresados en el apartado 3.1.
(6) Supuestos de adscripción provisional por reingreso al servicio activo y los previstos en el art. 63 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo (B.O.E. nº 85).
(7) Deberá indicarse la fecha de toma de posesión en el nuevo destino o en el puesto anterior, a opción del solicitante
(8) No se cumplimentaran los extremos no exigidos expresamente en la convocatoria.
(9) Los que figuren en el expediente referidos a los últimos cinco años.
(10) De hallarse el reconocimiento del grado en tramitación, el interesado deberá aportar certificación expedida por el Órgano competente. (Anexo V)
(11) Especificar si es alumno o ponente utilizando las siguientes siglas:
A - Alumno/a
P - Ponente
(12) Si el funcionario completara un año entre la fecha de publicación de la convocatoria y la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, deberá
hacerse constar en observaciones.
cve: BOE-A-2022-20924
Verificable en https://www.boe.es
(13) Este recuadro o la parte no utilizada del mismo deberá cruzarse por la autoridad que certifica.
Núm. 297
Lunes 12 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 169840
OBSERVACIONES AL ANEXO III
OBSERVACIONES AL ANEXO III: (13)
(Lugar, fecha, firma y sello)
I N S T R U C C I O N E S:
(1) Especificar la Administración a la que pertenece el Cuerpo o Escala utilizando las siguientes siglas:
C - Administración del Estado
A - Autonómica
L - Local
TB – Agencia Estatal Administración Tributaria
(2) Sólo cuando consten en el expediente: en otro caso, deberán acreditarse por el interesado mediante la documentación pertinente.
(3) En todo caso, deberá cumplimentarse el apartado 3.1.
(4) Puestos de trabajo obtenidos por concurso, libre designación, nuevo ingreso y permuta.
(5) Si se desempeñara un puesto en comisión de servicios se cumplimentarán, también, los datos del puesto al que está adscrito con carácter definitivo el funcionario,
expresados en el apartado 3.1.
(6) Supuestos de adscripción provisional por reingreso al servicio activo y los previstos en el art. 63 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo (B.O.E. nº 85).
(7) Deberá indicarse la fecha de toma de posesión en el nuevo destino o en el puesto anterior, a opción del solicitante
(8) No se cumplimentaran los extremos no exigidos expresamente en la convocatoria.
(9) Los que figuren en el expediente referidos a los últimos cinco años.
(10) De hallarse el reconocimiento del grado en tramitación, el interesado deberá aportar certificación expedida por el Órgano competente. (Anexo V)
(11) Especificar si es alumno o ponente utilizando las siguientes siglas:
A - Alumno/a
P - Ponente
(12) Si el funcionario completara un año entre la fecha de publicación de la convocatoria y la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, deberá
hacerse constar en observaciones.
cve: BOE-A-2022-20924
Verificable en https://www.boe.es
(13) Este recuadro o la parte no utilizada del mismo deberá cruzarse por la autoridad que certifica.