III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-20994)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Purchena, por la que se deniega la expedición de la certificación registral inicial en la tramitación de un expediente del artículo 201 de la Ley Hipotecaria, para la rectificación de una finca registral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 12 de diciembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
20994

Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota
calificación de la registradora de la propiedad de Purchena, por la que
deniega la expedición de la certificación registral inicial en la tramitación
un expediente del artículo 201 de la Ley Hipotecaria, para la rectificación
una finca registral.

de
de
se
de
de

En el recurso interpuesto por don F. J. A. G., abogado, en nombre y representación
de don G. F. y doña D. C. S., contra la nota de calificación de la Registradora de la
Propiedad de Purchena, doña María Desirée Martínez Martínez, por la que se deniega la
expedición de la certificación registral inicial en la tramitación de un expediente del
artículo 201 de la Ley Hipotecaria, para la rectificación de la finca registral número 5.801
del término municipal de Albanchez.
Hechos
I
Mediante acta otorgada el día 15 de julio de 2022 ante el Notario de Albox, don Antonio
Sánchez Gámez, con el número 1.515 de protocolo, se tramitaba el inicio de expediente de
rectificación de superficie al amparo del artículo 201 de la Ley Hipotecaria, en relación con
el artículo 203 de dicha ley, sobre la finca registral número 5.801 de Albanchez.
II
Presentada dicha acta, junto con oficio solicitando la expedición de la certificación prevista
en el artículo 201 de la Ley Hipotecaria, en relación con el artículo 203 de dicha ley, en el
Registro de la Propiedad de Purchena, fue objeto de la siguiente nota de calificación:

I. Se presenta escritura otorgada el día 15 de julio de 2022 ante el Notario de Albox,
don Antonio Sánchez Gámez, bajo el número 1515 de protocolo, junto con oficio, por el que
se tramita el inicio de expediente de rectificación de superficie al amparo del artículo 201 en
relación con el 203 de la Ley Hipotecaria sobre la finca registral 5801 de Albanchez.
Mediante el citado expediente se pretende la rectificación de la indicada finca
pasando la misma de una superficie de suelo de 348 m² a 556 m².
Existen dudas por parte de la Registradora que suscribe de que la diferencia de
superficie declarada se deba a un simple error de medición y ello en base a las
siguientes consideraciones:
1.º La finca se inmatriculó en el año 2004 en base a certificación catastral
totalmente coincidente con la descripción de la finca contenido en el título y bajo el
número de referencia 04004A011003090000QY. Ahora se acompaña georreferenciación
alternativa a la catastral, de la que resulta que la finca mediría 556 m2 y que tiene una
geometría distinta de la que consta inmatriculada.

cve: BOE-A-2022-20994
Verificable en https://www.boe.es

«El Registrador de la Propiedad que suscribe, previo examen y calificación del
documento presentado el día 28 de julio de 2022 bajo el número de entrada 1931,
asiento 753 del diario 136, de conformidad con los artículos 18, 19, 19 bis y 21 de la Ley
Hipotecaria y 98 y siguientes del Reglamento Hipotecario, ha resuelto no practicar el
siento solicitado, con arreglo a los siguientes hechos y fundamentos de derecho: