III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-20995)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad accidental de Sepúlveda-Riaza, por la que se deniega la inscripción de un expediente previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria respecto de una finca inscrita sin constar su superficie.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 170312

A mayor abundamiento, en todos los recibos del Impuesto de Bienes inmuebles que
se aportan junto al presente recurso, se puede observar que se trata de la misma
referencia catastral que consta en los IBI, 6099915VL3469N001IA y que consta en el
Catastro como propiedad al 100 %, en la descripción gráfica, que también se aporta
como documental, se aprecia que consta de la vivienda y del patio, son un único cuerpo
registrado con una única referencia catastral y que, desde al menos el año 1984 consta
así en el Ayuntamiento.
Privar de un asiento registral de una finca sobre la cual se tiene pleno derecho y
dominio con un justo título, no se ajusta a derecho, máxime cuando no se inscribe por
unas manifestaciones carentes totalmente de soporte documental alguno.
La solicitante cumple con los requisitos necesarios para la inscripción y es por todo
ello que se solicita se estime el presente recurso. se sirva inscribir la finca de mi
propiedad en pleno dominio por 163 metros.
Fundamentos de Derecho:
Primero. Artículos 1, 2, 9 y 18 de la Ley Hipotecaria.
Segundo. Artículo 7 del Reglamento Hipotecario».
IV
El Registrador de la Propiedad emitió informe en defensa de su nota de calificación,
ratificándola en todos sus extremos, y elevó el expediente a este Centro Directivo.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 9, 10, 198, 199 y 326 de la Ley Hipotecaria; las Resoluciones de
la Dirección General de los Registros y del Notariado de 15 de marzo, 21 y 22 de abril, 8,
15 y 30 de junio, 22 de julio y 29 de septiembre de 2016, 4 de abril, 10 de octubre, 13, 18
y 19 de diciembre de 2017, 15 de enero, 10 y 13 de abril, 5 de julio y 5 de diciembre
de 2018 y 23 de enero, 4 y 10 de julio y 27 de noviembre de 2019, y las Resoluciones de
la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 1 de junio de 2020 y 14 de
enero, 28 de julio y 13 de octubre de 2021.
1. Es objeto de este expediente decidir si procede la inscripción de una
representación gráfica solicitada en una instancia privada en virtud del expediente
previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria respecto de la registral 2.745 de
Matabuena, añadiendo su medida superficial a la descripción registral de la misma, al
resultar inscrito dicho inmueble sin tal dato descriptivo.
Una vez tramitado el expediente, el Registrador suspende la inscripción a la vista del
escrito de oposición formulado por un titular colindante que alega la cotitularidad de una
porción de patio que, conforme a la instancia que dio inicio al procedimiento, pretende
que resulte integrada en la registral 2.745. Tiene en consideración el Registrador, para
fundamentar su calificación negativa, las alegaciones formuladas por el titular colindante
junto con los documentos anteriormente reseñados.
2. El artículo 199 de la Ley Hipotecaria regula el expediente para la inscripción de la
representación gráfica georreferenciada de la finca y su coordinación con el Catastro,
disponiendo que el titular registral del dominio o de cualquier derecho real sobre finca
inscrita podrá completar la descripción literaria de la misma acreditando su ubicación y
delimitación gráfica y, a través de ello, sus linderos y superficie, mediante la aportación
de la correspondiente certificación catastral descriptiva y gráfica. El apartado 2 del
artículo 199 remite, en caso de tratarse de una representación gráfica alternativa a la
catastral, a la misma tramitación de su apartado 1, con la particularidad de que han de
ser notificados los titulares catastrales colindantes afectados.

cve: BOE-A-2022-20995
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Núm. 297