III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-20995)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad accidental de Sepúlveda-Riaza, por la que se deniega la inscripción de un expediente previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria respecto de una finca inscrita sin constar su superficie.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 12 de diciembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
20995

Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad accidental de Sepúlveda-Riaza,
por la que se deniega la inscripción de un expediente previsto en el artículo
199 de la Ley Hipotecaria respecto de una finca inscrita sin constar su
superficie.

En el recurso interpuesto por doña A. I. G. M. contra la nota de calificación del
Registrador de la Propiedad accidental de Sepúlveda-Riaza, don Javier Álvarez de Soto,
por la que se deniega la inscripción de un expediente previsto en el artículo 199 de la
Ley Hipotecaria respecto de una finca inscrita sin constar su superficie.
Hechos
I
Se presentó instancia suscrita por doña A. I. G. M. por la que, como titular de la finca
registral número 2.745 del Registro de la Propiedad de Sepúlveda-Riaza, solicitaba la
incorporación de la representación gráfica y coordinación de la finca conforme al
procedimiento previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, añadiendo a la descripción
registral de la misma la medida superficial, al resultar inscrita sin indicación su cabida.
Tramitado el oportuno expediente, y notificados los titulares colindantes, se aportó
escrito de alegaciones suscrito por don P. M. B. y doña M. L. A. P., titulares colindantes,
del que resultaba la oposición a la pretendida inscripción alegando la titularidad de «una
tercera parte indivisa de un patio situado en el fondo de la misma», patio que resultaba
invadido por la representación gráfica cuya inscripción se pretendía.
Se acompañaba, para justificar su oposición, copia de la escritura de compraventa
otorgada el día 30 de julio de 2012 ante el Notario de Madrid, don José Luis López de
Garayo y Gallardo, del que resultaba la adquisición de la referida cuota dominical del
patio, junto con la nota simple registral de la finca número 2.758 y certificación catastral
descriptiva y gráfica de la parcela catastral 6099915VL3469N001IA.
II

«Informe de suspensión de inscripción de representación gráfica catastral.
Tipo documento: Escritura Pública.
Libro Entrada: 3585/2021.
Libro Diario: Asiento 388, Diario 87.
Finca afectada: 40005000231742.
Parcelas catastrales afectadas: 6099915VL3469N0001IA.
Se suspende la inscripción de la base gráfica referida por el siguiente motivo:
Hechos:
Se presenta en este Registro instancia suscrita por doña A. I. G. M., con DNI número
(…), y domicilio en calle (…), solicitando la aplicación del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, para la inscripción de la representación gráfica de la finca registral 2745 de
Matabuena.

cve: BOE-A-2022-20995
Verificable en https://www.boe.es

Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Sepúlveda-Riaza, y
tras la tramitación del oportuno expediente, fue objeto de la siguiente nota de calificación: