III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-21010)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Federación Estatal de Asociaciones de Empresas Productoras de Teatro y Danza, para la organización de la actividad "Misión inversa Argentina-España, Mercartes 2023", en Valladolid, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 12 de diciembre de 2022

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aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el
Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras (esta
exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en
plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni
a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la
eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o
utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales
acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las
plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse
documentalmente por cada planta) y plantas de tratamiento mecánico-biológico (esta
exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las
plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan
por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones
de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de
biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de
tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos
pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta); y
iv) las actividades en las que la eliminación de residuos a largo plazo pueda causar
un perjuicio al medio ambiente.
Asimismo, las partes se comprometen al cumplimiento de la legislación
medioambiental nacional y de la UE pertinente.
Sexta. Promoción y difusión.
Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de la
actividad, respetándose en todo caso las obligaciones derivadas de las disposiciones
comunitarias sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en materia de
comunicación.
En toda la promoción y difusión de la actividad objeto del presente convenio habrá de
figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las partes
hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los citados
logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de incluir los
mismos.
Asimismo, deberá exhibirse de forma correcta y destacada el emblema de la UE con
una declaración de financiación adecuada que diga «financiado por la Unión Europea NextGenerationEU», junto al logo del PRTR.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.

Se establece una Comisión de Seguimiento, que se reunirá trimestralmente; no
obstante, el representante del INAEM podrá convocar reunión sin esperar a ese plazo,
cuando así lo considere necesario.
A esta comisión le corresponde el control de las actividades que deben desarrollarse
en ejecución del presente convenio, así como la resolución de los problemas de
interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que estará integrada por el/la
titular de la Dirección del Departamento de Coordinación del INAEM o persona en quien
delegue; y por el/la titular de la gerencia de Faeteda o persona en quien delegue.
La comisión tendrá, entre otras facultades, la de velar por el destino de los fondos y
la de definir y concretar la organización de la estancia de la delegación argentina
invitada, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula segunda anterior. Asimismo,
ejercerá las competencias asignadas en la cláusula tercera relativas a la certificación y
justificación económica de las actividades realizadas. El INAEM aprobará los nombres
propuestos por Faeteda para integrar la delegación argentina, siguiendo criterios de
prestigio, reconocimiento profesional, excelencia y trayectoria en el sector escénico y

cve: BOE-A-2022-21010
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.