III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-21009)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica FV Salinas con una potencia de 140 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Villena (Alicante)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Lunes 12 de diciembre de 2022

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informe del departamento competente en prevención de incendios forestales de la
Generalitat Valenciana, actualmente el Servicio de Prevención de Incendios Forestales.
– Riesgo sísmico: Considerando que, según la Norma de Construcción
Sismorresistente del 202 (NCSR-02), Villena tiene una aceleración sísmica de 0,07 g, en
el desarrollo del proyecto se deberán asumir las medidas establecidas al efecto en la
NCSR-02. Dado que el promotor prevé realizar un estudio geotécnico del que podría
derivar la necesidad de realizar la instalación mediante cimentaciones, se ha introducido
la condición 24 a esta resolución.
Por último, considera que el proyecto no se encuentra afectado por riesgo de erosión
y deslizamiento, accidentes graves con sustancias peligrosas o accidentes en el
transporte de mercancías peligrosas.
d. Programa de vigilancia ambiental (PVA). Los EsIA incluyen un PVA que pretende
garantizar el cumplimiento de las medidas mitigadoras de impactos propuestas, así como
de los aspectos a controlar. Establece un seguimiento que persigue avalar la correcta
ejecución de las medidas protectoras del proyecto. Al mismo tiempo, el seguimiento
permitirá detectar las desviaciones de los efectos pronosticados o detectar nuevos
impactos no previstos. Si fueran identificados, permitirá redimensionar las medidas
propuestas o adoptar otras nuevas. Antes de iniciar el PVA, el promotor designará un
responsable, y notificará su nombramiento tanto al órgano sustantivo como al ambiental.
El coste de las tareas de vigilancia quedará a cargo del promotor.
Según los EsIA, el promotor prevé emitir un informe único al finalizar las obras,
donde se incluyan la evolución de los trabajos, realizando un seguimiento semanalmente
durante el periodo que duren las obras, pudiendo aumentar esta frecuencia si la
intensidad de las obras así lo requiere. Se prestará especial atención en los siguientes
aspectos:












Controles generales.
Control de la calidad del aire.
Control de áreas de actuación.
Control de residuos y vertidos.
Control de la calidad de las aguas.
Control de la vegetación e integraciones efectuadas.
Control genérico de la fauna.
Control de protección contra incendios.
Control de la calidad del paisaje.
Control valores arqueológicos y de patrimonio.
Control de instalaciones

– Control de las instalaciones.
– Control de la fauna.
– Control de la calidad de la vegetación o el paisaje.
El requerimiento de información adicional al promotor, realizado por este órgano
ambiental, incluía la solicitud de un completo y detallado Programa de Vigilancia
Ambiental (PVA), diseñado para toda la vida útil del proyecto. Como respuesta, el
promotor presenta un PVA general más detallado, en cuanto a la monitorización de los
impactos, e incluye objetivos, metodología de seguimiento, previsiones cuantitativas y

cve: BOE-A-2022-21009
Verificable en https://www.boe.es

Para la fase de explotación, se emitirán informes anuales, que incluirán el
Seguimiento y Vigilancia ambiental específico de fauna y cumplimiento de medidas
compensatorias, complementarias, etc. Estos informes serán enviados a este organismo
y al órgano competente de la Comunidad Valenciana, junto con otros complementarios
sin periodicidad fija. En cualquier caso, la frecuencia de las visitas y la duración de este
programa serán las que determine la administración competente. Se realizarán controles
de los siguientes factores: