III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-21009)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica FV Salinas con una potencia de 140 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Villena (Alicante)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 170418

Para paliar estos efectos, el promotor prevé una serie de medidas de protección en
fase de construcción, especificadas en las páginas 190 y 191 del EsIA de la planta solar,
las mismas que las de las páginas 215 y 216 del EsIA de las infraestructuras de
evacuación. Destaca la selección e identificación mediante inventarios florísticos de las
especies que colonizan con éxito los márgenes de viales, así como la validación del
proceso de selección mediante siembras a pequeña escala de especies previamente
identificadas con objeto de seleccionar las más adecuadas para la siembra bajo
seguidor.
Durante la explotación, se procederá al control de la eficacia y desarrollo de la
vegetación tras la ejecución del plan de integración paisajística propuesto, recogido en el
apartado de vegetación de esta resolución, el cual incluye la plantación de especies
autóctonas arbustivas en la parte exterior del vallado de la planta solar lo que a su vez
permitirá integrar las instalaciones y mejorar visualmente el entorno. Además, se
desmantelarán y restaurarán todas aquellas superficies no necesarias para la fase de
funcionamiento, tales como acopios, vertederos, instalaciones auxiliares o viales
temporales.
Para asegurar una correcta integración paisajística del proyecto, se incluyen la
condición 25. La condición 6 definida en el apartado de vegetación, es aplicable también
al paisaje.
b.9) Patrimonio cultural. Vías pecuarias (VVPP). Montes de utilidad pública (MUP).
En cuanto al patrimonio cultural, el promotor informa de que, según el proyecto de
Autorización de Trabajos Arqueológicos realizado, no existen yacimientos o elementos
etnológicos o históricos-artísticos de los catalogados en este término municipal que
resulten directamente afectados por el proyecto.
El promotor añade en los EsIA de la planta solar y las infraestructuras de evacuación,
una serie de medidas de protección en fase de obras, que se desarrollan en sus
páginas 193 y 194, así como 218 y 219 respectivamente, dirigidas principalmente al
cumplimiento de las diferentes normativas de protección de patrimonio cultural, la
correcta señalización y balizamiento de las obras, así como la solicitud de autorizaciones
correspondientes a cruzamientos o paralelismos producidos por la línea de evacuación.
La Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat Valenciana informa
sobre la planta solar que no produce afección al patrimonio arquitectónico ni
arqueológico, si bien establece el seguimiento arqueológico de los movimientos de
tierras en el momento de la ejecución de las obras. En cambio, sí identifica una afección
crítica sobre los elementos etnológicos «Casa de Aperos Puerto Harina I y II», por lo que
propone el desmantelamiento tras una completa documentación fotográfica y
planimétrica, con el fin de liberar este espacio para las instalaciones proyectadas. En el
caso de que no fuera necesario su desmantelamiento, se protegería mediante balizado
perimetral mientras duren los trabajos de construcción del proyecto. Por otro lado, indica
que se produce una afección más leve a los elementos etnológicos «Aljibe Casa de las
Pitas», «Aljibe Casa de Don Silverio I y II», y «Aljibe Casa de las Oliveras», por lo que se
propone el establecimiento de un perímetro de protección y exclusión de cualquier
actividad relacionada con las obras, delimitando la zona de paso de la línea de
evacuación y protegiendo los diferentes elementos de los conjuntos. Además, se
considera recomendable efectuar el control y seguimiento extensivo por parte de
técnicos especialistas en patrimonio histórico de todas las futuras obras de implantación
del proyecto. El promotor muestra conformidad con las consideraciones del organismo.
Por otra parte, en el informe sobre la línea de evacuación del proyecto indica que,
teniendo en cuenta el inventario General de Patrimonio Cultural Valenciano y otras
fuentes documentales, como los inventarios de yacimientos arqueológicos y de
elementos etnológicos, así como el inventario de Patrimonio Arquitectónico de Interés

cve: BOE-A-2022-21009
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Núm. 297