III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-21008)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques fotovoltaicos "PFV Valle 3" de 165 MWp, y "PFV Valle 4" de 165 MWp, y sus infraestructuras de evacuación, en Wamba (Valladolid)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de diciembre de 2022

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la recepción y almacenamiento de residuos, en las zonas habilitadas para el mantenimiento
y repostaje de maquinaria, y en los viales y áreas que se encuentren en ejecución.
3.3 El PVA incluirá el seguimiento y documentación de las prospecciones de flora,
fauna y patrimonio arqueológico previas a la ejecución de las obras indicadas en las
condiciones 2.4.1, 2.5.1 y 2.7.2, registrando todos los hallazgos y las medidas adoptadas.
3.4 El PVA incluirá el seguimiento y control de la ejecución del Proyecto de
Restauración e Integración Paisajística indicado en la condición 2.6.3, llevando a cabo
un registro de las superficies revegetadas y las plantaciones compensatorias. Dicho
seguimiento se extenderá a toda la vida útil de la instalación, remitiendo informes
periódicos con periodicidad bianual a partir del quinto año de funcionamiento a los
organismos indicados en la condición 3.1.
3.5 Se diseñará un Plan Específico de Seguimiento de Avifauna, que deberá
extenderse durante toda la vida útil de la explotación, reportando los resultados con
periodicidad anual, de conformidad con las siguientes especificaciones:
– Deberá ser realizado por una empresa totalmente independiente de la responsable
de la obra y con experiencia demostrable. Se aportarán metodologías a llevar a cabo y
calendario de los trabajos de campo previstos y periodicidad, debiéndose efectuar con la
misma metodología que la empleada en el estudio de impacto ambiental. El ámbito
territorial abarcará una envolvente de 5 km en torno a las dos plantas fotovoltaicas, no
siendo preciso efectuar seguimiento en el trazado soterrado de la línea de evacuación.
– El seguimiento específico de la avifauna en el entorno de la planta fotovoltaica
comprenderá el censo periódico mediante transectos a pie y en vehículo y estaciones de
escucha, cubriendo el ciclo anual completo de las principales especies presentes,
prestando especial atención a avutarda, aguiluchos cenizo y pálido, ganga ibérica,
alcaraván común, calandria común, terrera común y bisbita campestre. Las visitas se
ejecutarán con una periodicidad mínima quincenal en las épocas más relevantes
(reproducción, invernada).
– Se efectuará el seguimiento y cuantificación de la siniestralidad de aves por
colisión con los módulos fotovoltaicos y vallado perimetral de la planta, mediante
transectos para la búsqueda de cadáveres.
– Se incluirá el seguimiento de la eficacia del Programa de Medidas
Agroambientales para el fomento y la protección de las aves esteparias aplicadas en el
área de compensación al que hace referencia la condición 2.5.7.
– El Plan Específico de Seguimiento de la Avifauna será presentado al Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Valladolid de la Junta de Castilla y León para su
aprobación previa, así como los resultados y sus sucesivas versiones.
– Los resultados del seguimiento serán publicados de manera que sean accesible
por cualquier administración afectada o entidad interesada
Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en esta
declaración deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o
en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid,1 de diciembre de 2022.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.

cve: BOE-A-2022-21008
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Núm. 297