III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2022-20857)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de noviembre de 2022, por el que se aprueba el cuadragésimo cuarto Plan de Seguros Agrarios Combinados.
16 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 9 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 169501

3. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3.7 de las Directrices de la Unión
Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las
zonas rurales de 2014 a 2020, podrá publicarse, en un plazo máximo de seis meses
desde la concesión de la ayuda, el nombre de cada uno de los beneficiarios, la forma e
importe de las ayudas otorgadas a cada beneficiario, la fecha de la concesión, la región
en la que está situado el beneficiario (a nivel NUTS II) y el principal sector económico en
el que el beneficiario desarrolla sus actividades (a nivel de grupo NACE) siempre que el
beneficiario supere los 60.000 euros de ayudas concedidas en virtud de este Plan. Está
información será conservada un mínimo de 10 años y estará a disposición del público en
general, sin restricciones. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del
Reglamento (UE) n.º 1388/2014 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2014, será
publicada cada ayuda individual que supere los 30.000 euros por beneficiario que hayan
suscrito los seguros acuícolas.
4. La información relativa a la concesión de las subvenciones establecidas en el
presente plan será integrada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones para dar
cumplimiento a lo señalado en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y conforme a lo establecido en el Real Decreto 130/2019,
de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la
publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Décimo.

Aportación financiera al plan.

La aportación del Estado para las distintas actuaciones de ENESA O.A durante el
ejercicio 2023 asciende a 322,97 millones de euros, de los cuales 317,73 millones de
euros se destinarán como subvención al pago de las primas del 44.º Plan de Seguros y a
la liquidación de planes anteriores.
Los eventuales desajustes que se produzcan como consecuencia de las citadas
actuaciones se financiarán, en todo caso, con cargo a los presupuestos del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación.
En el presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se mantendrá
el concepto presupuestario con el carácter de ampliable que permita hacer frente a los
excesos de siniestralidad como consecuencia de superar las indemnizaciones a las
primas de reaseguro recibidas por el Consorcio de Compensación de Seguros, y una vez
consumida la reserva de estabilización constituida en dicha Entidad para la actividad
agraria.
Undécimo.

Limitación a la concesión de ayudas de carácter extraordinario.

La Administración General del Estado no concederá ayudas, o beneficios de carácter
extraordinario, para paliar los daños ocasionados por los riesgos contemplados en el
presente plan sobre las producciones asegurables.

Con el objetivo de fomentar el aseguramiento, el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación podrá subvencionar a las organizaciones profesionales agrarias y
entidades representativas de las cooperativas agrarias con los límites y en las
condiciones que, al efecto, se establezcan en la realización de actuaciones que
redunden en beneficio del sistema de seguros agrarios en aspectos relacionados con la
información y asistencia al productor agrario, la promoción institucional y la colaboración
técnica con ENESA, OA Además, se fomentará la realización de actuaciones de
publicidad y divulgación, formación y asesoramiento, asistencia y apoyo técnico al
asegurado, aspectos que beneficiarán al Sistema de Seguros Agrarios Combinados.

cve: BOE-A-2022-20857
Verificable en https://www.boe.es

Duodécimo. Ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y entidades
representativas de las cooperativas agrarias para el fomento y apoyo del
aseguramiento.