III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2022-20868)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Canarias, para la realización de actuaciones científico-técnicas en relación con la creación y puesta en marcha del "Laboratorio de Calidad del Aire de Canarias para el estudio de los aerosoles y las calimas de polvo desértico".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 9 de diciembre de 2022

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c) La parte receptora adquiriese esta información de un tercero sin compromiso de
confidencialidad.
Como principio general de entendimiento, se estimará que no podrá ser difundida, ni
presentada a público conocimiento, ninguna información que pudiera menoscabar los
derechos de propiedad intelectual o industrial que se deriven de la investigación común.
Por ello, aquellos resultados que, no siendo en sí mismos objeto de patente u otra forma
de protección, pudieran inhabilitar, por su publicación o difusión, el reconocimiento de
propiedad sobre una obra, proceso, producto o modelo de utilidad, deberán ser
considerados como materia reservada y no difundible.
Undécima.

Propiedad de los resultados y protección de datos.

Los resultados del Proyecto objeto del presente Convenio, o partes del mismo que
pudieran tener consideración independiente, serán propiedad de las partes, así como
todos los derechos relativos a la propiedad intelectual e industrial que pudieren derivarse
de los mismos.
Asimismo, las partes se comprometen a no contraer obligación alguna que grave de
cualquier modo el uso de derechos objeto del presente Convenio.
En cuanto a las distintas técnicas y metodologías de investigación, desarrolladas en
el transcurso del Proyecto y como consecuencia del mismo, quedarán a libre disposición
de las partes para su uso y empleo, con carácter general, en nuevas investigaciones.
Obedeciendo al carácter de las entidades firmantes y al objeto de este Convenio, en
la utilización de los resultados, parciales o finales, susceptibles de ser explotados
comercialmente, las partes ostentarán el derecho de explotación comercial, bien
directamente o a través de terceros, en un marco de salvaguarda de los intereses de
cada una de las partes, asegurándose que no se ocasionan daños o perjuicios
mutuamente.
Tanto en publicaciones, como en patentes, se respetará siempre la mención a los
autores de las investigaciones que, en estas últimas, figurarán en calidad de inventores.
Las partes quedan sometidas a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y
demás normativa aplicable en materia de protección de datos.
Asimismo, y de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (Reglamento General de Protección de
Datos o RGPD), aplicable desde el 25 de mayo de 2018, las partes hacen constar de
manera expresa que se abstendrán de cualquier tipo de tratamiento de los datos
personales de que dispongan como consecuencia de este Convenio, exceptuando aquel
que sea estrictamente necesario para las finalidades del mismo. En este sentido se
comprometen, especialmente, a no ceder a terceros los datos mencionados o los
archivos que los contengan, así como a guardar estricta confidencialidad sobre los
mismos.
Publicación, inscripción y difusión.

Las partes se comprometen a destacar su mutua colaboración en cuantos medios se
utilicen para la promoción y difusión de las acciones objeto del presente Convenio,
respetando en todo caso el logotipo o las directrices de imagen externa que indiquen las
partes.
Adicionalmente, se comprometen a dar la máxima difusión posible al proceso y al
resto de las actividades a través de sus canales habituales y, en especial, a través de
Internet u otros soportes electrónicos y la utilización de los enlaces en las páginas web
de las partes.
Cualquier iniciativa de informar a los medios de comunicación sobre actividades,
conclusiones o resultados relacionados con la naturaleza de este Convenio, deberá ser

cve: BOE-A-2022-20868
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.