III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Premios. (BOE-A-2022-20853)
Orden DEF/1228/2022, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Orden DEF/348/2018, de 26 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Ejército.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 9 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 169474

En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública,
dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden DEF/348/2018, de 26 de marzo, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Ejército.
La Orden DEF/348/2018, de 26 de marzo, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de los Premios Ejército queda modificada como sigue:
Uno. Se modifican las letras d), e), k) y m) del apartado 1 del artículo 2, quedando
redactadas de la siguiente manera:
«d) Enseñanza escolar, con tres modalidades: Educación Primaria,
Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato o Formación Profesional de
Grado Medio.
e) Investigación en Humanidades y Ciencias Sociales, con dos modalidades:
Investigación gran formato e Investigación formato abreviado.»
«k) Vídeo, con dos modalidades: vídeo general y vídeos cortos.»
«m) Dibujo, con tres modalidades: 1.º y 2.º de Educación Primaria, 3.º y 4.º
de Educación Primaria y 5.º y 6.º de Educación Primaria.»
Dos. Se añade una nueva letra p) al apartado 1 del artículo 2, quedando redactada
de la siguiente manera:
«p)
Tres.

Otras disciplinas de interés militar.»

El apartado 2 del artículo 2 queda redactado del siguiente modo:

«2. Cada convocatoria especificará las disciplinas, modalidades y categorías
que se convocan, así como los premios a conceder, pudiendo incluir la totalidad o
parte de las disciplinas citadas en el apartado 1 anterior.»
Cuatro.

El apartado 1 del artículo 4 queda redactado del siguiente modo:

«1. El órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento es la
Dirección del Instituto de Historia y Cultura Militar (IHCM).»
Cinco.

El apartado 2 del artículo 5 queda redactado del siguiente modo:

Seis. Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 6, quedando redactados del
siguiente modo:
«1. Las solicitudes se formalizarán del modo y en el modelo que se indique
en la convocatoria y deberán ir dirigidas al Instituto de Historia y Cultura Militar
(Paseo Moret n.º 3, 28008 Madrid). Se podrán presentar en cualquiera de los
registros y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de

cve: BOE-A-2022-20853
Verificable en https://www.boe.es

«2. La convocatoria desarrollará el procedimiento para la concesión de los
premios y especificará, entre otros aspectos, las disciplinas, modalidades y
categorías que se convocan, así como los premios a conceder, requisitos para
solicitar los premios y forma de acreditarlos, forma y plazo de presentación de las
solicitudes y de las obras y los trabajos, documentos e informaciones que deben
acompañarse a la solicitud, criterios de valoración de las solicitudes, medio de
notificación y publicación de la resolución de concesión según se dispone en el
artículo 9.7, destino de las obras y los trabajos ganadores y de las obras y los
trabajos seleccionados, procedimiento de retirada de las obras y los trabajos no
ganadores ni seleccionados y cuantos detalles adicionales sean precisos para la
organización y el desarrollo de los Premios Ejército en sus distintas disciplinas.»