III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Premios. (BOE-A-2022-20853)
Orden DEF/1228/2022, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Orden DEF/348/2018, de 26 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Ejército.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 9 de diciembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
Orden DEF/1228/2022, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Orden
DEF/348/2018, de 26 de marzo, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de los Premios Ejército.

Desde la publicación de la Orden DEF 348/2018, de 26 de marzo, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Ejército hasta la
actualidad, el Ejército de Tierra ha transformado su estructura orgánica para adaptarla a
las necesidades de la Defensa.
Teniendo en cuenta la experiencia acumulada en la organización de los Premios
Ejército, se ha considerado adecuado establecer la posibilidad de incluir otras disciplinas
a convocar, que podrán ser decididas en cada convocatoria en función de las
circunstancias que concurran en el momento, así como incluir en el concurso escolar a
los Centros de Educación Especial, que no se encuentran recogidos.
Por otro lado, habida cuenta del gran efecto de difusión de la Cultura de Defensa que
tradicionalmente tienen los premios, y el volumen de trabajo necesario para la
preparación y ejecución de los mismos, resulta coherente que sea el Instituto de Historia
y Cultura Militar el órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento de los
citados Premios Ejército.
Por último, la experiencia también aconseja ampliar el plazo de presentación de
solicitudes, para que puedan optar a los premios el máximo número de obras que se
presenten en cada disciplina.
Las razones anteriormente expuestas justifican la necesidad modificar la Orden
DEF/348/2018, de 26 de marzo, para adecuarlas a las cambios necesidades surgidas
desde su entrada en vigor.
Esta orden ministerial se adecua a los principios de buena regulación a los que se
refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cuanto a los principios de necesidad y eficacia, se busca favorecer el afán de
superación y el reconocimiento de actitudes que sirvan de ejemplo para mejorar la
dedicación personal y profesional.
En lo referente al principio de proporcionalidad, la disposición contiene la regulación
imprescindible para atender a la nueva necesidad.
En relación con el principio de seguridad jurídica, esta norma va en consonancia con
el resto del marco jurídico existente concerniente a esta materia.
Respecto al principio de transparencia, durante su tramitación se ha sometido al
trámite de audiencia e información pública mediante su publicación en el portal web del
Ministerio de Defensa, de acuerdo con lo que dispone el artículo 26.6 de la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, del Gobierno.
De acuerdo con el principio de eficiencia, de la orden ministerial no se derivan cargas
administrativas y se asegura la máxima eficacia de sus postulados con los menores
costes posibles inherentes a su aplicación.

cve: BOE-A-2022-20853
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