III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-20795)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Universidad de Vigo, para la realización de prácticas externas en la Dirección Provincial de Ourense.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Jueves 8 de diciembre de 2022
3.

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El alumnado tiene derecho a:

a) Desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario estipulado.
b) Obtener una certificación final del desarrollo de su actividad y del nivel de
aprovechamiento alcanzado.
c) Obtener permisos necesarios para asistir a los exámenes, pruebas de evaluación
y otras actividades obligatorias de sus estudios, así como la asistencia, en su caso a las
reuniones de los órganos de gobierno de la Universidade o visitas médicas debidamente
justificadas. Para ello, deberá comunicarlo previamente y con antelación suficiente al
tutor designado por parte de la Administración.
4.

La Dirección Provincial se compromete a:

a) Nombrar a la persona o personas que ejercerá/n la tutoría de las practicas
externas, que podrá recaer en un/a Subdirector/a o Secretario/a Provincial, Médico/a
Inspector/a de la Unidad Médica, Letrado/a del Servicio jurídico delegado provincial o
funcionario perteneciente al grupo A1/A2 de la Unidad Provincial de Informática.
b) Designar a sus representantes en la Comisión de seguimiento del presente
convenio.
c) Disponer de los recursos necesarios para el desarrollo de las prácticas.
d) Fijar el plan de trabajo del alumnado en atención a los estudios universitarios
que se encuentre cursando.
e) Orientar al alumnado en sus dudas y dificultades, en relación con el Sistema de
la Seguridad Social, y sus ofertas de empleo público, durante su estancia en la dirección
provincial.
f) Evaluar la actividad del/la alumna/o mediante un informe.
g) Expedir al alumnado un certificado, donde consten las horas realizadas, la
naturaleza de las actividades llevadas a cabo y el nivel alcanzado por el alumnado que
finalice el periodo establecido de prácticas externas.
h) Emitir un documento acreditativo a la persona o personas que ejerza/n la tutoría
y que lo soliciten, por la colaboración prestada en el programa de prácticas externas.
5.

La Universidade de Vigo se compromete a:

a) Remitir a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de
Pontevedra, conforme a lo señalado en el presente convenio, antes del inicio de las
prácticas el listado de los estudiantes seleccionados, el nombre del tutor académico, el
calendario y horarios de las prácticas.
b) Designar a sus representantes en la Comisión de seguimiento del presente
convenio.
c) Designar a los tutores de las prácticas externas que llevarán a cabo:

d) Velar por el control y cumplimiento por parte de los alumnos participantes en las
prácticas, de los requisitos, condiciones y obligaciones que le son exigibles para acceder
y llevar a cabo las mismas.
e) Encargarse, de forma previa al inicio del periodo de prácticas, de que cada
alumno firme los documentos que se adjuntan como anexo I y anexo II. De cada una de
esas declaraciones deberá dar copia a la dirección provincial antes del comienzo de las
prácticas.
f) Tener suscritos, antes del comienzo del periodo de prácticas, los seguros a los
que se hace referencia en la cláusula tercera del presente convenio.

cve: BOE-A-2022-20795
Verificable en https://www.boe.es

– El seguimiento y supervisión de las prácticas, resolviendo las posibles dudas de
tipo académico que se pudieran plantear.
– El seguimiento del programa formativo desarrollado por el estudiante para verificar
su correcto aprovechamiento.