III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-20795)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Universidad de Vigo, para la realización de prácticas externas en la Dirección Provincial de Ourense.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Jueves 8 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 169063

del incumplimiento de la reserva de datos del artículo 77 del texto refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, así como a la responsabilidad penal derivada de la
vulneración del derecho a la intimidad prevista en los artículos 197, 197 bis, 197 ter, 198
y 199 del Código Penal, y en su caso, a la responsabilidad civil en la que pudiera incurrir
el alumno en prácticas por el uso indebido de los mismos.
10.

Consecuencias del uso anómalo de la información cedida.

En cualquier momento, si se plantearan dudas sobre la corrección, la custodia o la
utilización de la información con datos de carácter personal, el Instituto Nacional de la
Seguridad social podrá solicitar las aclaraciones o la información complementaria que
estime precisa.
El alumno en prácticas académicas declara conocer y acepta expresamente que el
Instituto Nacional de la Seguridad Social podrá en cualquier momento y de forma
unilateral retirar la autorización y el acceso a los sistemas de información, bases de
datos, aplicaciones informáticas y transacciones de la Administración de la Seguridad
Social a los que previamente se le dio acceso, si entendiera que no se ha producido la
necesaria colaboración para la actividad auditora o si advirtiera que se ha incumplido
cualquiera de los compromisos adquiridos en este documento.
Si como consecuencia de las actuaciones de control o auditoría o por causa de
denuncia o comunicación, se detectase cualquier tipo de irregularidad relacionada con la
utilización de datos, antecedentes, registros o informes con finalidad distinta a la propia
actividad de prácticas formativas, se abrirán de inmediato diligencias en orden al
completo esclarecimiento y, en su caso, a la exigencia de responsabilidades con
traslado, si procede, a la autoridad administrativa y/o judicial correspondiente.
Asimismo, el incumplimiento de alguna de las cláusulas del presente documento, por
el alumno en prácticas académicas habilitará al Instituto Nacional de la Seguridad Social
para el inicio de los procedimientos administrativos y legales que considere oportunos.
Vigo, a ..... de .......................... de 20....

cve: BOE-A-2022-20795
Verificable en https://www.boe.es

Fdo. ..........................