II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-20767)
Resolución de 29 de noviembre 2022, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 168697

En ningún caso la realización del pago presencial en entidad bancaria supondrá
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
El trámite de pago se deberá hacer en cualquier caso dentro del plazo de
presentación de instancias, siendo su abono fuera de plazo motivo de exclusión.
En aplicación de la Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y
Administrativas de Castilla-La Mancha, las personas que presenten la solicitud de
participación en este proceso selectivo y pertenezcan a familias numerosas de categoría
general tendrán una bonificación del cincuenta por ciento sobre la cuantía
correspondiente.
c) Estarán exentos del pago de esta tasa:
– Los aspirantes que figuran como demandante de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria,
siempre que en el plazo de que se trate no hubiera rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiese negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales. La certificación relativa a la
condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará
en la oficina de servicio público de empleo correspondiente.
– Las personas solicitantes que acrediten tener un grado de discapacidad igual o
superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa o que pertenezcan a
familias numerosas de categoría especial.
La exención debe quedar acreditada adjuntando escaneado en la solicitud el
documento correspondiente.
4.6 La solicitud deberá venir acompañada, inexcusablemente, de la siguiente
documentación escaneada:
a) Instancia-currículo, según modelo adjunto (anexo II) disponible en la aplicación
de convocatorias indicada anteriormente.
b) NIF o NIE en vigor o documento equivalente para los ciudadanos de otra
nacionalidad.
c) Título de Doctor. En caso de haberse obtenido en el extranjero, deberán estar en
posesión de la credencial que acredite su homologación, declaración de equivalencia o
reconocimiento profesional del título académico, cuando así proceda.
d) Justificante acreditativo del pago de los derechos de formación de expediente.
La falta de este justificante determinará la exclusión del aspirante para la/s plaza/s de la
que se trate, no siendo un requisito subsanable.
Procederá la devolución del importe de la/s tasa/s satisfecha/s cuando el sujeto
pasivo resulte excluido de su participación en las pruebas selectivas, siempre que
formule la reclamación correspondiente en el plazo de un mes a partir de la publicación
de la relación definitiva de personas excluidas.
e) Justificante acreditativo, en su caso, de la exención de pago por grado de
discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa o
por tener la condición de familia numerosa de categoría especial.
f) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que se señalan en
el punto 3.2 de la base tercera.
4.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en el plazo
dispuesto al efecto.
4.8 Los documentos acreditativos que se adjunten a la solicitud o los méritos
consignados en la misma, deberán estar referidos a una fecha anterior o igual a la fecha
fin de presentación de instancias.
4.9 Mediante el acto de formalización de su solicitud, el/la candidato/a está
asumiendo la autenticidad de los documentos presentados para participar en el proceso
selectivo y se compromete a aportar los originales cuando así sea requerido.

cve: BOE-A-2022-20767
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Núm. 294