III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-20784)
Resolución de 27 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo sectorial estatal de marcas de restauración moderna.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Jueves 8 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 168811

Salarios a partir del 1 de enero de 2024
Nivel salarial

Salario base mensual
Salario base año
(X14)

I

1.305,07 €

18.271,00 €

II

1.186,43 €

16.610,00 €

III

1.078,57 €

15.100,00 €

IV

SMI

SMI

Salarios a partir del 1 de julio de 2024
Nivel salarial

Salario base mensual
Salario base año
(X14)

I

1.500,00 €

21.000,00 €

II

1.285,71 €

18.000,00 €

III

1.142,85 €

16.000,00 €

IV

SMI

SMI

Salarios a partir del 1 de enero de 2025
Salario base mensual
Salario base año
(X14)

I

1.500,00 €

21.000,00 €

II

1.285,71 €

18.000,00 €

III

1.142,85 €

16.000,00 €

IV

SMI

SMI

Estos salarios estarán en vigor a partir del día siguiente al de la publicación del
convenio colectivo en el BOE.
El incremento salarial del año 2025 será fijado por la Comisión Negociadora
permanente.
Dada las especiales características de acceso y aprendizaje que presiden las
funciones del nivel IV, la retribución que percibirán las personas trabajadoras durante el
tiempo de permanencia en dicho nivel será equivalente al Salario Mínimo Interprofesional
que se encuentre vigente en cada momento. En caso de que el Salario Mínimo
Interprofesional sufriese incrementos durante la vigencia del convenio colectivo, las
partes acuerdan que las empresas y/o los grupos de empresa procederán a su inmediata
aplicación una vez se publique el mismo en el «Boletín Oficial del Estado».
Si durante la vigencia del convenio colectivo, el Salario Mínimo Interprofesional no se
viese incrementado, la Comisión Negociadora Permanente fijara el incremento salarial
del nivel IV.
Artículo 22.

Cláusula de garantía salarial.

En caso de que el IPC real acumulado de los ejercicios 2023 y 2024 sea superior al
incremento efectuado por el convenio colectivo en los niveles salariales para los
ejercicios 2023 y 2024, las Empresas procederán a actualizar los Salarios de Tablas, con
carácter previo al incremento que se pacte por la Comisión Negociadora Permanente
para su aplicación a partir de enero del ejercicio 2025. Este incremento en tablas será

cve: BOE-A-2022-20784
Verificable en https://www.boe.es

Nivel salarial