II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2022-20724)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca procedimiento de renovación de directores y directoras en los centros docentes públicos no universitarios en las ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Jueves 8 de diciembre de 2022

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
20724

Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de
Educación, por la que se convoca procedimiento de renovación de directores
y directoras en los centros docentes públicos no universitarios en las
ciudades de Ceuta y Melilla.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, dedica el título V a la «Participación, autonomía y
gobierno de los centros» y el capítulo IV de dicho título a la «Dirección de los centros
públicos», regulando en los artículos 133 a 139 el proceso de selección, nombramiento y
renovación de directores en los centros públicos.
Así, el apartado 2 del artículo 136 indica que el nombramiento de los directores o
directoras podrá renovarse, por periodos de igual duración, previa evaluación positiva del
trabajo desarrollado al final de los mismos, oído el Consejo Escolar. Los criterios y
procedimientos de esta evaluación serán públicos. Las Administraciones educativas
podrán fijar un límite máximo para la renovación de los mandatos.
De la misma forma, en el apartado 3 del artículo 139, de la citada ley se recoge que
los directores serán evaluados al final de su mandato. Los que obtuvieren evaluación
positiva, obtendrán un reconocimiento personal y profesional en los términos que
establezcan las Administraciones educativas.
La Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, por la que se regula el procedimiento para la
selección, nombramiento, cese, renovación y evaluación de directoras y directores en los
centros docentes públicos no universitarios de Ceuta y Melilla, recoge en su capítulo III el
procedimiento de renovación. En el artículo 24.1 indica que los directores y las directoras que
hayan sido seleccionados conforme al capítulo II de esta orden, salvo los nombrados con
carácter extraordinario, podrán renovar su mandato por un nuevo periodo de cuatro años.
Asimismo, en el artículo 25 de la citada orden establece los ámbitos de desempeño
sobre los que versará la evaluación de la función directiva.
En virtud del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en la presente
resolución se dictan las siguientes instrucciones por las que se convoca procedimiento de
renovación de directores y directoras de centros públicos de Ceuta y Melilla.
Primera. Objeto y ámbito de aplicación.

Segunda.

Proceso de renovación.

1. Los directores y las directoras, podrán optar a renovar su mandato por un nuevo
periodo de cuatro años, debiendo manifestar expresamente su voluntad de renovación
en el cargo, mediante escrito dirigido a la Dirección Provincial correspondiente, conforme
al anexo II de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, antes del 31 de diciembre de 2022.
2. Finalizado el mandato renovado, para poder optar a continuar con otro periodo
deberán participar en un nuevo procedimiento de selección.

cve: BOE-A-2022-20724
Verificable en https://www.boe.es

1. El objeto de esta resolución es convocar procedimiento para la renovación de la
dirección en centros docentes públicos no universitarios de las ciudades de Ceuta y Melilla.
2. El ámbito de aplicación comprende los centros en los que las personas
responsables de la dirección finalizan su mandato el 30 de junio de 2023 y que son
relacionados en el anexo I.