II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado. (BOE-A-2022-20680)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Miércoles 7 de diciembre de 2022
8.3

Sec. II.B. Pág. 167881

Pago de la tasa de derechos de examen:

a. De acuerdo con el artículo 66 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, las tasas de derecho de examen
para el ingreso en el subgrupo A1, son las siguientes:
Proceso selectivo

Solicitantes que no sean miembros
familias numerosas de categoría
general

Miembros de familias numerosas
de categoría general (Descuento del 50%
de la tasa)

Promoción interna.

15,55 euros

7,79 euros

b. El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en
Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips)
en la forma indicada en el anexo V.
c. Están exentos del pago de las tasas quienes reúnan los requisitos que figuran en
el anexo V.
d. En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación
de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo,
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de
participación en el proceso selectivo.
e. El abono de la tasa de los derechos de examen deberá hacerse dentro del plazo
de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del
aspirante.
8.4

Protección de datos:

a. El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.
b. Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para
ello y del análisis y estudio de los datos relativos a este proceso selectivo.
c. El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán
respetando la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Tribunal

9.1 Composición: el Tribunal calificador es el que figura como anexo III a esta
convocatoria y actuará con sujeción a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a las demás disposiciones vigentes.
9.2 Igualdad de oportunidades:
a. El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por
el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
b. El Tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con
discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud poder participar en las pruebas
de proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.

cve: BOE-A-2022-20680
Verificable en https://www.boe.es

9.