II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado. (BOE-A-2022-20680)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Miércoles 7 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 167880

acreditar el nivel de idioma sólo se admitirán los títulos, por tanto, no se considerarán
suficientes los justificantes de haber solicitado la expedición del título ni de haber pagado
las tasas para su expedición.
c. Quienes no posean un título oficial que acredite su conocimiento de inglés
deberán realizar las pruebas presenciales que se indican en el anexo I.
7. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, deberán cumplir los
siguientes requisitos al finalizar el plazo de presentación de solicitudes:
a. Pertenencia a Cuerpo: pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los
Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, salvo que
se encuentren en situación de servicio activo en otra Administración Pública por haber
obtenido puesto en la misma por alguno de los procedimientos de provisión previstos en
el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; a Cuerpos o Escalas
Postales y Telegráficas adscritos al subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del subgrupo A2
del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del citado Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, estos últimos, en la Administración General del
Estado, y estar en posesión de la titulación requerida en el base específica 5.
b. Antigüedad: haber prestado servicios efectivos, al menos durante dos años, como
funcionario de carrera en alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General
del Estado del subgrupo A2, en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficas adscritos al
subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos
en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
8.
8.1

Solicitudes de participación

Forma de presentación:

8.2

Plazo de presentación:

a. En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de esta en tiempo y
forma supondrá la exclusión del aspirante.
b. Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento
ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de
presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria.

cve: BOE-A-2022-20680
Verificable en https://www.boe.es

a. De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de la instancia por
medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del
Punto de Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indiquen.
b. Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán
los que determine el servicio de IPS.
c. Para participar en el proceso selectivo se deberá cumplimentar electrónicamente
la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://
ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La no presentación de la solicitud en
tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
d. Las personas aspirantes sólo podrán presentar una solicitud en el proceso
selectivo. La presentación de más de una solicitud será causa de exclusión.
e. Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en la forma indicada en el anexo V.