II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Cuerpo de Ujieres de las Cortes Generales. (BOE-A-2022-20675)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición para el Cuerpo de Ujieres de las Cortes Generales, por los turnos libre y de discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Miércoles 7 de diciembre de 2022

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de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
5. El Tribunal se regirá en sus actuaciones por los principios de publicidad,
transparencia e imparcialidad, y de acuerdo con los artículos 14 y 23.2 de la Constitución
Española, velará por el estricto cumplimiento de los principios de igualdad, mérito y
capacidad que rigen el acceso a la función pública, y en particular del principio de
igualdad de trato entre hombres y mujeres, de acuerdo con lo establecido en el I Plan de
Igualdad de las Cortes Generales aprobado por las Mesas del Congreso de los
Diputados y del Senado en reunión conjunta celebrada el 6 de marzo de 2020. Así
mismo adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad,
que así lo hubieran indicado en su solicitud, poder participar en el proceso selectivo en
igualdad de condiciones que el resto de participantes.
6. El Tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que pudieran surgir en
la aplicación de estas bases, así como para la resolución de aquellas cuestiones no
previstas en las mismas.
Segunda. Requisitos para concurrir.
1. Para tomar parte en la oposición será necesario, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 9.2 y 10.7 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, reunir los
requisitos siguientes, que deberán cumplirse en el momento en que expire el plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento, en su caso, de la toma de
posesión:
a) Poseer la nacionalidad española y ser mayor de edad.
b) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o
equivalente, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes.
c) No hallarse en situación de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas
por sentencia firme.
d) Reunir las condiciones psicofísicas requeridas para el desempeño de las
funciones correspondientes.
2. Si en algún momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento de
que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, o de la documentación aportada resultara que su solicitud adolece de
errores o falsedades que imposibiliten su acceso al Cuerpo de Ujieres de las Cortes
Generales, podrá acordar la exclusión de dicha persona una vez evacuado el
correspondiente trámite de audiencia.
Solicitudes y plazo de presentación.

Las solicitudes para tomar parte en la oposición se presentarán en el plazo de quince
días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La solicitud deberá presentarse por vía electrónica, a través de las páginas web del
Congreso de los Diputados (www.congreso.es) y del Senado (www.senado.es). La
presentación por esta vía permitirá cumplimentar en línea el modelo oficial de solicitud,
anexar documentos y realizar el registro electrónico de la solicitud. En caso de que se
produzca alguna incidencia técnica en la presentación electrónica de la solicitud, se
estará a lo que se establece en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En dicha solicitud se consignarán el nombre y dos apellidos, número de documento
nacional de identidad, fecha de nacimiento, domicilio a efectos de notificaciones,
teléfono, correo electrónico y título exigido en la presente convocatoria con su
denominación oficial completa y centro que lo expidió, así como el turno libre o de
discapacidad por el que se opte.

cve: BOE-A-2022-20675
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.