III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-20646)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica el Convenio con la Axencia Galega das Industrias Culturais, por el que se canaliza la concesión directa de ayudas para fomentar la producción, distribución, exhibición y promoción de la industria cinematográfica y audiovisual en lengua cooficial distinta al castellano en el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Martes 6 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 167738

Europea o de Organismos Internacionales, en los términos establecidos en el artículo 34
del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Novena.

Plazo de vigencia.

1. El convenio, que se perfecciona por su firma, producirá efectos a partir de su
inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal, que se efectuará en el plazo de 5 días hábiles desde su
formalización.
2. La vigencia del convenio finalizará el 15 de diciembre de 2023 y no admitirá
prórrogas.
3. El convenio será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de 10
días hábiles desde su formalización, y se hará público, asimismo, a través del Portal de
la Transparencia, en aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno.
Décima. Publicidad y difusión.
En toda la publicidad y difusión que se realice sobre las actuaciones derivadas del
presente convenio se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de
la colaboración establecida entre el ICAA y Agadic, incluyéndose además el logotipo del
ICAA.
Undécima. Infracciones y sanciones.
El régimen de infracciones y sanciones administrativas aplicables será el establecido
en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Duodécima.

Naturaleza, régimen jurídico y jurisdicción.

A este convenio le resulta de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su
Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
El convenio tiene naturaleza administrativa. Las cuestiones litigiosas que puedan
surgir en su interpretación, cumplimiento y eficacia serán del conocimiento y
competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

cve: BOE-A-2022-20646
Verificable en https://www.boe.es

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes
firman electrónicamente el presente convenio en el lugar y fecha que se indica.–Por el
Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, la Directora General, Beatriz
Navas Valdés.–Por la Axencia Galega das Industrias Culturais, el Presidente del
Consello Reitor, Román Rodríguez González.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X