III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2022-20649)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, del Instituto de la Juventud, por la que se publica el Convenio con el Organismo Internacional de Juventud para Iberoamérica, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, para sus gastos de funcionamiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Martes 6 de diciembre de 2022

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directamente ante el orden jurisdiccional contencioso- administrativo, en la forma y plazo
previstos por la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
Décima. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
Se establece una Comisión de Seguimiento para el seguimiento y control de la
adecuada ejecución de las actividades que se derivan del presente convenio, todo ello
sin perjuicio de las competencias del INJUVE – Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030, en cuanto Administración Pública que aporta fondos, y de las de la
Directora General del INJUVE para la iniciación y resolución del procedimiento para el
reintegro de la subvención.
La Comisión de Seguimiento, deberá reunirse al menos una vez durante la
producción de efectos del convenio, y estará integrada por dos representantes
nombrados por la Directora General del INJUVE y dos representantes del OIJ.
Como presidente actuará el miembro de mayor rango jerárquico de entre los
designados por el INJUVE.
Actuará como Secretario de esta Comisión la persona designada a tal efecto por
parte del OIJ.
Los acuerdos adoptados en el seno de la Comisión serán vinculantes para las partes.
Las funciones de la Comisión serán las siguientes:
a) Seguimiento de las actividades realizadas en ejecución del presente convenio.
b) Interpretación y resolución de las discrepancias o incidencias que pudieran surgir
en la interpretación o ejecución del presente convenio.
El régimen de funcionamiento y toma de acuerdos de la Comisión de Seguimiento y
Evaluación se ajustará a lo establecido en la Sección III del Capítulo II del Título
Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Undécima.

Identificación institucional.

En todas las actuaciones que se lleven a cabo, en todo o en parte, mediante este
convenio, que impliquen difusión, ya sea impresa o por cualquier otro medio, deberá
incorporarse de forma visible el logotipo del «Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030 – Instituto de la Juventud» con el fin de identificar el origen de carácter
público de la subvención, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional
segunda del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen
criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material
impreso de la Administración General del Estado.
El logotipo institucional referido en el párrafo anterior únicamente podrá ser
empleado en los materiales que se utilicen para la realización, información y difusión de
las actuaciones que constituyen el objeto de la subvención y no con otros fines
publicitarios ajenos a la misma.
Plazo de vigencia.

La duración del presente convenio será desde la fecha de su firma y hasta el 31 de
marzo de 2023, fecha en la que el OIJ finalice las actividades de justificación que se
señalan en la cláusula sexta.
Las fechas de inicio y finalización de imputación de los gastos previstos en la
cláusula quinta y séptima serán el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022,
respectivamente.
Decimotercera.

Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento.

En caso de incumplimiento del convenio por parte del OIJ, procederá el reintegro de
las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de demora correspondiente.

cve: BOE-A-2022-20649
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.