I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-20552)
Real Decreto 1009/2022, de 5 de diciembre, por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo a la empresa Airbus Helicopters España, S.A.U., para el programa de los helicópteros Tigre MKIII.
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Martes 6 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 167233

En la tramitación de este real decreto se ha recabado informe del Ministerio de
Hacienda y Función Pública, de conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por todo ello, a estas ayudas les resulta de aplicación lo previsto en el
artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, relativo al régimen de concesión
directa.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.15.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.
El préstamo está amparado por el apartado 1.b del artículo 346 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, por estimarse que las actividades financiadas son
necesarias para la protección de los intereses esenciales de la defensa y seguridad
nacionales y dirigirse a actuaciones de naturaleza militar.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Industria, Comercio y Turismo, con el
informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, con la aprobación previa de la
Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 5 de diciembre de 2022,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
Este real decreto tiene por objeto establecer las normas reguladoras de la concesión
directa de un préstamo a la empresa Airbus Helicópters España, S.A.U. (AHE) en
relación con el programa internacional de los Helicópteros Tigre MkIII, de acuerdo con lo
previsto en los artículos 22.2.c) y 28.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
El préstamo cuya concesión se dispone tiene un carácter singular, que dificulta la
convocatoria pública de la ayuda dado que la AHE es la única entidad española que es
socio accionarial e industrial del principal contratista del programa Tigre MkIII, la alemana
Airbus Helicopters Tiger, GmbH (AHT), con la cual ha contratado la Organización
Conjunta de Cooperación en materia de Armamento (OCCAR) la ejecución de la mayor
parte del programa y la integración y ensamblado de todos los sistemas del helicóptero.
Artículo 2. Objeto de la actividad.
El préstamo se destinará a cubrir parcialmente los gastos e inversiones necesarios
para llevar a cabo, en el marco del programa internacional del helicóptero Tigre MkIII
entre Francia y España gestionado por OCCAR, los trabajos de desarrollo tecnológico y
de producción que es preciso ejecutar para la modernización a un nuevo estándar
común de las flotas de 42 helicópteros de Francia (a los que pudieran sumarse otros 25
aparatos) y 18 helicópteros de España. Estos gastos e inversiones corresponden al
compromiso de participación de España en dicho programa en el periodo 2022-2028.
El programa comprenderá las actuaciones que se recogen en la memoria técnica que
figura en el anexo de este real decreto.
Beneficiario del préstamo.

La empresa AHE será la beneficiaria del préstamo, y habrá de reunir las condiciones
previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. A estos efectos, la
presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que
el órgano concedente obtenga de manera directa la acreditación de estar al corriente de las
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a través de certificados telemáticos en
cuyo caso el solicitante no deberá aportar las correspondientes certificaciones.
No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento debiendo
aportar entonces las certificaciones correspondientes

cve: BOE-A-2022-20552
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 3.