III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-20532)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Sanidad y el Instituto Nacional de Estadística, para la realización de la Encuesta de Salud de España 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 5 de diciembre de 2022

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b. Realizar la valoración de las ofertas y la contratación de la empresa externa.
c. Elaborar el manual de entrevistador en lo referente a definiciones.
d. Proporcionar apoyo administrativo al INE durante el periodo de recogida de la
información para el seguimiento e inspección de la empresa externa.
e. Proporcionar apoyo administrativo al INE para realizar la depuración de la
información a través de la aplicación de depuración del INE.
f. Proporcionar asesoría y soporte permanente en las materias de salud y sistema
sanitario objeto del Convenio.
g. Elaborar las propuestas sobre relaciones entre variables de los cuestionarios que
permitan optimizar la depuración de los datos.
h. Validar las tablas de principales resultados en un plazo compatible con el
calendario de difusión.
3.

Corresponde al Instituto Nacional de Estadística:

a. El diseño y extracción de la muestra y el cálculo de los factores de elevación y
errores de muestreo.
b. El desarrollo de los cuestionarios electrónicos, traducción a las lenguas oficiales
del estado, elaboración de la aplicación informática de administración de la encuesta,
elaboración y edición de la documentación complementaria.
c. El seguimiento e inspección de la empresa de recogida.
d. El diseño y el desarrollo de la aplicación de depuración.
e. La programación de la tabulación, revisión de los resultados y generación de
ficheros PC-AXIS (matrices de datos). El Instituto Nacional de Estadística pondrá a
disposición del Ministerio de Sanidad los ficheros PC-axis, al menos 20 días naturales
antes de su publicación.
f. Llevar a cabo el tratamiento y la depuración de los datos, así como la explotación
de los principales resultados y la elaboración de las correspondientes tablas de
resultados con los criterios de categorización y cruces de variables establecidos tanto
con el Ministerio de Sanidad como en el marco de EUROSTAT.
g. Proporcionar al Ministerio de Sanidad el fichero de microdatos anonimizado y el
fichero final completo de la Encuesta (exceptuando las variables de identificación
directa).
h. Ser el interlocutor con Eurostat, para garantizar que todas las encuestas de salud
de España cumplen con los requisitos exigidos con el Reglamento (UE) 2019/1700 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de octubre de 2019 por el que se establece un
marco común para las estadísticas europeas relativas a las personas y los hogares,
basadas en datos individuales recogidos a partir de muestras.
Tercera. Financiación y pago.
El presente Convenio no dará lugar a ningún tipo de contraprestación económica
entre las partes que los suscriben.
No obstante, cada parte asumirá los gastos correspondientes a sus obligaciones
para la realización de un fin común de interés público.
Difusión de los resultados.

Ambas partes son responsables de la difusión de los resultados de la Encuesta de
Salud de España 2023 en sus respectivos ámbitos de actividad.
Para ello el INE remitirá al Ministerio de Sanidad los ficheros en formato ASCII y los
coeficientes de elevación y demás información y documentación metodológica
complementaria necesaria que permita, además, realizar explotaciones adicionales a las
contenidas en el plan de tabulación. La cesión de dichos ficheros a terceros se efectuará
con acatamiento a las normas del secreto estadístico manteniendo los criterios de
anonimización y de cesión de datos establecidos por el INE.

cve: BOE-A-2022-20532
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.