III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-20536)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Acuerdo entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre inspección y vigilancia de las actividades de pesca marítima.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 5 de diciembre de 2022

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espacios marítimos de interés y la contribución al conjunto de actividades que llevan a
cabo las administraciones públicas con responsabilidad en el ámbito marítimo.
El artículo 9.1 del Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la
estructura básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, atribuye a la
Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura de la Secretaría General de
Pesca (SGP), entre otras funciones, ejercer la coordinación en materia de control integral
de las actividades incluidas en el ámbito de la Política Pesquera Común, así como la
cooperación internacional y con terceros países en materia de control e inspección y
lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
Segundo.
Con el propósito de asegurar el mantenimiento y desarrollo de los recursos
pesqueros del caladero nacional y el cumplimiento de la legislación nacional y de los
compromisos internacionales asumidos por España en la materia, el Ministerio de
Defensa (MDEF) y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA)
suscribieron el 24 de octubre de 1988 el Acuerdo Conjunto sobre la inspección y
vigilancia de las actividades de pesca marítima.
Posteriormente, y mediante Acuerdos de 8 de enero de 1997, 20 de enero de 2001
y 22 de junio de 2004, entre la Armada y la entonces Secretaría General de Pesca
Marítima (SGPM), la Secretaría General hizo entrega a la Armada de tres buques
pesqueros de su propiedad, los actuales Alborán, Arnomendi y Tarifa, en condiciones de
hacerse a la mar, cuyo cometido principal es la inspección, vigilancia y apoyo a la flota
pesquera en pesquerías internacionales y en el caladero nacional.
Mediante el Acuerdo entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación sobre la inspección y vigilancia de las actividades de pesca
marítima, suscrito el 31 de octubre de 2018, en adelante el Acuerdo, el MAPA y el MDEF
renovaron su compromiso sobre inspección y vigilancia de las actividades de pesca
marítima. Dicho acuerdo tiene como objeto la regulación de las condiciones de
operación, explotación y mantenimiento de los buques cuyo mantenimiento y explotación
ha cedido la SGP a la Armada, con el propósito de asegurar el mantenimiento y
desarrollo de los recursos pesqueros, y el cumplimiento tanto de la legislación nacional y
comunitaria como de los compromisos internacionales asumidos por España en materia
de pesca.
Tercero.
La experiencia acumulada desde la suscripción del Acuerdo aconseja modificar la
regulación de las condiciones de operación, explotación y mantenimiento de los buques
cuyo mantenimiento y explotación ha cedido la SGP a la Armada para dichas
actividades.
Por otra parte, persistiendo los motivos por los que se suscribió el Acuerdo, es
necesario proceder a prorrogar su vigencia, que finaliza el día 31 de octubre de 2022,
conforme a lo dispuesto en la cláusula undécima.

CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de la presente adenda es prorrogar hasta el 31 de octubre de 2026 el
contenido del Acuerdo entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación sobre la inspección y vigilancia de las actividades de pesca

cve: BOE-A-2022-20536
Verificable en https://www.boe.es

Por las razones expuestas, ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda de
Modificación y Prórroga del Acuerdo, que se regirá por las siguientes