III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2022-20523)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria, para el funcionamiento por medios electrónicos del registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, el depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, y el registro de empresas de trabajo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 167033

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir.
EXPONEN
Entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la Comunidad Autónoma de
Cantabria se han suscrito varios convenios para el funcionamiento de las aplicaciones
electrónicas del Ministerio de Trabajo y Economía Social que dan soporte a:
El registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad.
El depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
El registro de empresas de trabajo temporal.
La entrada en funcionamiento de estas aplicaciones ha permitido que cualquier
trámite relacionado, tanto con el registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de
trabajo y planes de igualdad, el depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y
empresariales, o el registro de empresas de trabajo temporal se pueda realizar de forma
electrónica, dando cumpliendo así al derecho de los ciudadanos a relacionarse
electrónicamente con las Administraciones Públicas establecido en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Además, la creación, de cada una de estas aplicaciones ha permitido la existencia,
por primera vez, de una información completa, tanto de los convenios y acuerdos
colectivos de trabajo existentes como de las organizaciones sindicales y empresariales
cuyos estatutos están depositados en las oficinas públicas de estatutos, como de las
empresas de trabajo temporal registradas ante cualquier autoridad laboral del Estado.
El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad, el Real
Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones
sindicales y empresariales, y el Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se
aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal, al establecer que sus
respectivos procedimientos deberán tramitarse a través de medios electrónicos, traen
como consecuencia la necesidad de una aplicación informática que les dé cobertura.
Además, al establecerse en cada uno de los reales decretos la constitución de una
base de datos central, exige que la información remitida por cada autoridad laboral
competente se efectúe siguiendo unas determinadas especificaciones técnicas.
Por ello los reales decretos antes citados prevén la firma de convenios entre el
Ministerio de Trabajo y Economía Social, y aquellas comunidades autónomas que
deseen utilizar las correspondientes aplicaciones informáticas como soporte informático
de los citados procedimientos.
Dichos convenios se firmaron en el momento de entrada en funcionamiento de cada
una de las aplicaciones.
En virtud de lo anterior, las partes arriba indicadas acuerdan suscribir el presente
convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
En cumplimiento de lo previsto en:
– La disposición adicional primera del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad.
– La disposición adicional primera del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre
depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.

cve: BOE-A-2022-20523
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Núm. 291