II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-20483)
Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Universidad de Extremadura, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 166664

b) En el recuadro destinado a forma de acceso, los solicitantes indicarán «Acceso
libre».
c) Aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la
realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado
correspondiente de la solicitud, deberán presentar dentro del plazo referido en la
base 3.3 c) de la presente convocatoria, escrito en el que soliciten el tipo de adaptación
que necesiten, así como certificado médico acreditativo de la discapacidad. El Tribunal
podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) En el recuadro destino a «Datos a consignar según la convocatoria», los
aspirantes indicarán la adscripción a la localidad de las Bolsas de Trabajo que, en su
caso, se generen como consecuencia del correspondiente procedimiento selectivo. A tal
efecto, se establecerán cuatro Bolsas de Trabajo para las localidades de: Cáceres (1),
Badajoz (2), Mérida (3) y Plasencia (4). Será obligatorio indicar, al menos, una localidad
de las referidas. La no indicación de ninguna localidad en la solicitud se entenderá como
realizada para las 4 bolsas.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo
no se admitirá ninguna petición de esa naturaleza.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Gerente de la Universidad
de Extremadura dictará, por delegación del Rector, resolución en el plazo máximo de dos
meses por la que se declarará aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y
excluidos a las pruebas selectivas. Esta resolución será publicada en el «Diario Oficial de
Extremadura», junto con la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la
causa de exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la
relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y
excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar
fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino
además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.
4.3 En el término de quince días desde que termine el plazo de subsanación de
errores, la Gerencia publicará en el «Diario Oficial de Extremadura», la resolución por la
que se eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos. En la misma se determinará
el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y, en su caso, orden de actuación de los
aspirantes.
La citada resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá
interponer recurso potestativo de reposición ante el Rectorado de esta Universidad, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su
publicación.
4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 18/2001, de Tasas
y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el sujeto pasivo tiene

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Núm. 291