III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2022-20320)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Ayuntamiento de Mérida, para la ejecución de una pasarela urbana de uso peatonal y con carril bici sobre la playa de vías de la estación de ferrocarril de Mérida a fin de mejorar la permeabilidad transversal de la ciudad, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Sábado 3 de diciembre de 2022

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Doña María Luisa Domínguez González, Presidenta de la entidad pública
empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), con NIF Q-2801660H,
en virtud del Real Decreto 670/2021, de 27 de julio, actuando en nombre y
representación de ADIF en el ejercicio de las facultades que tiene conferidas por el
artículo 23.2.a) de su Estatuto, aprobado mediante Real Decreto 2395/2004, de 30 de
diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de ADIF.
En la condición que intervienen, las partes se reconocen mutuamente la capacidad
necesaria para el otorgamiento del presente Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que de conformidad con lo dispuesto en los apartados 31, 32, 38 y 39 del artículo 9.1
de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, esta Comunidad Autónoma tiene competencias
exclusivas, entre otras, en materia de obras e infraestructuras públicas de interés
regional que transcurran en el territorio de la Comunidad Autónoma, urbanismo y
vivienda, ordenación del territorio, ferrocarriles, carreteras y caminos cuyo itinerario se
desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y en el mismo ámbito
los transportes terrestres y fluviales con independencia de la titularidad de la
infraestructura. Centros de transporte, logística y distribución situados en Extremadura.
Aeropuertos, helipuertos, puertos deportivos y otras infraestructuras de transporte que no
sean de interés general. Participación en la planificación y, en su caso, ejecución y
gestión de las infraestructuras de interés general en la Comunidad Autónoma, en los
términos que establezca la legislación del Estado.
Segundo.
La Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, de conformidad con lo previsto en
los artículos 2 y 3 del Decreto 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la
denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene entre sus competencias las infraestructuras
viarias y las de transporte que correspondan al ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Tercero.
El Ayuntamiento de Mérida es titular de competencias en materia de planeamiento,
gestión, ejecución y disciplina urbanística de conformidad con lo establecido en el
artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local
y para promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos
contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.

Que la entidad pública empresarial ADIF es un organismo público adscrito al
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) y goza de personalidad
jurídica propia, así como plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y
patrimonio propio, y se rige por lo establecido en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre,
del Sector Ferroviario, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público (en adelante LRJSP) y sus normas de desarrollo, en su Estatuto,
aprobado por Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, en la legislación
presupuestaria y otras norma de aplicación. ADIF tiene encomendado el mantenimiento
y la explotación de las infraestructuras ferroviarias de la Red de Interés General, así
como la gestión de su sistema de control de circulación y seguridad.

cve: BOE-A-2022-20320
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.