III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-20327)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Organización Interprofesional Agroalimentaria del Ovino y Caprino de Carne, la Asociación Interprofesional Agroalimentaria del Porcino de Capa Blanca y la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno, para la promoción de los productos cárnicos españoles en los mercados internacionales, a través de la asistencia y desarrollo de actuaciones de promoción en ferias en los años 2022 y 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Sábado 3 de diciembre de 2022

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– INTERPORC aportará la cantidad de ciento dos mil setecientos sesenta euros
(102.760,00 euros).
– PROVACUNO aportará la cantidad de ciento treinta y ocho mil setecientos
cincuenta euros (138.750,00 euros).
Sexta. Comisión de seguimiento.
A los efectos de garantizar el cumplimiento del presente convenio, se crea una
comisión para un mejor desarrollo de las actuaciones a realizar, con la siguiente
composición:
Por parte del MAPA:
– Dos representantes de la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de
España. De entre estos representantes, el funcionario/a de mayor rango presidirá la
Comisión.
– Un representante de la Subdirección General de Competitividad de la Cadena
Alimentaria.
Por parte de las interprofesionales:
– Un representante de INTEROVIC.
– Un representante de INTERPORC.
– Un representante de PROVACUNO.
Tendrá encomendadas las siguientes actuaciones:
– Impulsar y desarrollar el presente convenio.
– El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes.
– La resolución de problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantarse
respecto a la ejecución del convenio.
El presidente de la Comisión de seguimiento será el responsable de emitir el
certificado exigido en el apartado Segundo 4.2.3.a) de la Resolución de 16 de junio
de 2021 de la Intervención General de la Administración del Estado.
Séptima.

Publicidad.

En toda publicidad que se haga de las acciones objeto de este convenio en cualquier
medio de difusión deberá de constar de modo expreso, visible y fácilmente legible la
actuación conjunta MAPA-organizaciones profesionales y que dichas actividades cuentan
con la financiación del MAPA.
Eficacia y duración del convenio.

El presente convenio surtirá efectos desde su inscripción en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) del sector público estatal
y será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Su duración se extiende hasta el 30 de septiembre de 2023. En cualquier momento
antes de la finalización de este plazo, los firmantes del convenio podrán acordar
unánimemente su prórroga mediante por un periodo de hasta cuatro años adicionales
mediante la correspondiente adenda.
Novena.

Modificación, extinción e incumplimiento del convenio.

Cualquiera de las partes podrá proponer la modificación de este convenio, en
cualquier momento, antes de su finalización. La modificación del convenio requerirá del

cve: BOE-A-2022-20327
Verificable en https://www.boe.es

Octava.