II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-20314)
Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Universidad de Extremadura, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Auxiliar de Servicios, para personas que acrediten discapacidad intelectual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 165952

3.2 A la solicitud se acompañará una fotocopia legible del documento nacional de
identidad y una fotocopia legible de la tarjeta de discapacidad intelectual.
3.3 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes tendrán en cuenta lo
siguiente:
a) Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de
Extremadura.
b) La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad
de Extremadura (avda. de Elvas, s/n., 06006 Badajoz, y plaza de los Caldereros, 2,
10003 Cáceres, o en cualquier de los centros de la Universidad de Extremadura) o en la
forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir del
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Diario Oficial de Extremadura».
3.4 Los aspirantes deberán
cumplimiento de su solicitud:

observar

las

siguientes

instrucciones

en

el

a) En el recuadro de la solicitud destinado a «Escala», los solicitantes indicarán
«Escala de Auxiliar de Servicios (Servicios Generales)».
b) En el recuadro destinado a forma de acceso, los solicitantes indicarán «Acceso
libre».
c) Aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la
realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado
correspondiente de la solicitud, deberán presentar dentro del plazo referido en la
base 3.3 c) de la presente convocatoria, escrito en el que soliciten el tipo de adaptación
que necesiten, así como certificado médico acreditativo de la discapacidad. El Tribunal
podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) En el recuadro destino a «Datos a consignar según la convocatoria», los
aspirantes indicarán la adscripción a la localidad de las Bolsas de Trabajo que, en su
caso, se generen como consecuencia del correspondiente procedimiento selectivo. A tal
efecto, se establecerá una única Bolsas de Trabajo para la localidad de Badajoz. Será
obligatorio indicarlo en la solicitud.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo
no se admitirá ninguna petición de esa naturaleza.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Gerente de la Universidad
de Extremadura dictará, por delegación del Rector, resolución en el plazo máximo de dos
meses por la que se declarará aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y
excluidos a las pruebas selectivas. Esta resolución será publicada en el «Diario Oficial de
Extremadura», junto con la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la
causa de exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la
relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y
excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

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Núm. 290