III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-20256)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del Convenio colectivo de Corporación de Radio Televisión Española, SA, S.M.E.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 2 de diciembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
20256

Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del Convenio
colectivo de Corporación de Radio Televisión Española, SA, S.M.E.

Vista el Acta de la Comisión Negociadora a la que se adjunta el texto del acuerdo de
modificación parcial del III Convenio Colectivo de la Corporación de Radio Televisión
Española, SA, S.M.E. (Código de convenio 90100582012011), que fue publicado en el
BOE de 22 de diciembre de 2020, Acta que ha sido suscrita en fecha 10 de noviembre
de 2022, de una parte por los por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de UGT, Sindicato
Independiente y USO, en representación de los trabajadores afectados, y a la que se ha
acompañado el informe favorable de la Comisión de Seguimiento de la Negociación
Colectiva de las Empresas Públicas, y de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 86.3 y 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto
Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24),
y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del texto del acuerdo de modificación del mencionado
convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos
colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 28 de noviembre de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica
Martínez Barbero.
TEXTO DEL ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL III CONVENIO COLECTIVO
DE LA CRTVE
Artículo 12.

Información sobre censos.

1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.

Apellidos, nombre, sexo, DNI, fecha de nacimiento y matrícula.
Fecha de ingreso en la empresa.
Grupo profesional, ámbito ocupacional, ocupación tipo.
Antigüedad en el grupo profesional, la de trienios y la de nivel salarial.
Centro de trabajo, unidad orgánica a que estén adscritos.
Situación laboral (fijo, indefinido, contratado, excedencias, directivo, etc.).
Nivel salarial. Nivel de responsabilidad, mando orgánico, y de directivo.
Interinos: persona a quien sustituyen y causa.

cve: BOE-A-2022-20256
Verificable en https://www.boe.es

Sin perjuicio de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, la empresa
entregará mensualmente al CI y a todos los sindicatos con presencia en el mismo,
mediante un soporte informático adecuado para el tratamiento de datos, la relación de
personas trabajadoras con los siguientes datos: