III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2022-20269)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con la Fundación Ernest Lluch, para la organización de actividades científicas, profesionales y de difusión del conocimiento del ámbito sanitario.
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 2 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 165618

personales de aplicación en cada caso. Estas obligaciones subsistirán incluso después
de finalizar las relaciones entre las partes.
Octava. Vigencia.
El presente Convenio será eficaz, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, en el plazo de
cinco días hábiles desde su formalización y deberá publicarse en el «Boletín Oficial del
Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
El plazo de vigencia del presente Convenio será de cuatro años, sin perjuicio de su
terminación anticipada, de acuerdo con lo dispuesto en su cláusula undécima y sin
perjuicio de su prórroga, por acuerdo de las partes, del tiempo que se estime necesario,
hasta el máximo de cuatro años, de acuerdo con el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Novena.

Interpretación y cumplimiento del Convenio.

El presente Convenio se regirá por sus propias cláusulas, siendo de aplicación, en
defecto de normas específicas, las previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
En caso de discrepancia entre las partes firmantes del presente Convenio, sobre la
interpretación o cumplimiento de algunas de sus cláusulas, serán resueltas de mutuo
acuerdo de las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento. Si no se llegara a
ningún acuerdo sobre la interpretación de su contenido o sobre el cumplimiento de lo
acordado, cualquiera de las partes podrá dar por terminada la vigencia del presente
Convenio, comunicándolo fehacientemente por escrito a la otra.
Décima.

Modificación del Convenio.

La modificación del contenido del Convenio requerirá el acuerdo de las partes
firmantes.
A tal efecto, la Comisión de Seguimiento elaborará una propuesta de modificación,
que será sometida a las partes firmantes y se tramitará conforme a lo dispuesto en la
Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Undécima.

Extinción del Convenio.

El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución conforme al artículo 51 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2022-20269
Verificable en https://www.boe.es

Y, en prueba de conformidad, así como para la debida constancia de lo acordado, las
partes suscriben el presente Convenio, por duplicado ejemplar, a un solo efecto, en la
fecha y lugar indicados en el encabezamiento, rubricando cada una de las páginas de las
que consta.–La Ministra de Sanidad, Carolina Darias San Sebastián.–El Presidente de la
Fundación Ernest Lluch, Joan Majó Cruzate.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X