III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-20261)
Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Eresma Solar, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Vita Energy Fotovoltaica 3 de 46,15 MW de potencia instalada, la subestación eléctrica Majano 30/132/400 kV y la línea aéreo subterránea a 400 kV para evacuación de energía eléctrica, en Valverde del Majano y Segovia, (Segovia) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de diciembre de 2022

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adenda al proyecto y su infraestructura de evacuación y la nueva relación de bienes y
derechos afectados. Se realiza un segundo proceso de información pública y consultas.
La petición fue sometida a una segunda información pública, con la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» el 15 de febrero de 2021 y en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Segovia» el 17 de febrero de 2021.
Finalmente, como consecuencia del primer y segundo trámite de consultas anterior,
se realizan nuevas modificaciones al proyecto y en la relación de bienes y derechos
afectados. Es por ello que Eresma presenta una segunda adenda al proyecto y su
infraestructura de evacuación y la nueva relación de bienes y derechos afectados. Se
realiza un tercer proceso de información pública y consultas.
La petición fue sometida a una tercera información pública, con la publicación el 24
de julio de 2021 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 30 de julio de 2021 en el «Boletín
Oficial de la Provincia de Segovia».
No se han recibido alegaciones en ninguna de las fases de información pública
realizadas.
Se han recibido contestaciones de la Subdirección General de Patrimonio del
Ministerio de Defensa, de AESA, de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla
y León Oriental, de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras, de la
Diputación Provincial de Segovia, de Enagás Transporte, SAU, del Servicio Regional del
Instituto Geográfico Nacional en Castilla y León, del Servicio Territorial de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Rural, del Servicio Territorial de Cultura y Turismo de la Junta de
Castilla y León, de la Sección de Urbanismo del Servicio Territorial de Fomento, del
Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía y de Redexis Infraestructuras, SL,
en las que no se muestra oposición a la autorización de la instalación. Se ha dado
traslado a Eresma de dichas contestaciones.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Valverde del Majano en el cual se
explican los procedimientos a seguir para obtener permisos y licencias municipales. Se
da traslado a Eresma el cual se muestra conforme.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Duero, y de la
Agencia de Protección Civil en las que se establecen condicionados técnicos y, en su
caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado
traslado a Eresma de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las
mismas.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Segovia, en el que muestra la
conformidad con el proyecto siempre que se introduzcan en los proyectos las siguientes
modificaciones relacionadas con la afección a parcelas con especial protección que
deben ser cambiadas y la omisión en la relación de bienes y derechos afectados de una
parcela afectada:
1. En la LAAT los apoyos n.º 5, 6 y 7, actualmente ubicados sobre suelo rústico con
protección de infraestructuras (RP-3), se desplazarán a terrenos sujetos al régimen del
suelo rústico común con objeto de facilitar la ejecución de las infraestructuras previstas
en el planeamiento o la ampliación de las existentes. También se desplazará el apoyo 3,
actualmente previsto sobre suelo rústico con protección natural (RP-5.4. Complejos
Fluviales), a terrenos sujetos al régimen del suelo rústico común, con objeto de reducir el
impacto sobre el suelo rústico con mayores valores naturales.
2. Se incluirá en el listado de parcelas afectadas por la ejecución de las LSMT la
parcela catastral 9002 del polígono 23 (ref. cat: 40900D023090020000ZL), que se
corresponde con el Arroyo del Canto, puesto que se produce un cruce sobre ella, sin
perjuicio de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que
se aprueba el Texto Refundido la Ley de aguas en relación con las posibles limitaciones
en el uso del suelo y reservas de terreno para actuaciones en cauces y zonas de policía.
El informe indica también que, para la tramitación de la correspondiente autorización
de uso excepcional y licencia urbanística de obra de la instalación, de conformidad con la

cve: BOE-A-2022-20261
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Núm. 289