II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Personal laboral. (BOE-A-2022-20073)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de Oficial/a Tercera de Oficios Auxiliares, en la Secretaría General.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de diciembre de 2022
4.

Sec. II.B. Pág. 164282

Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de un
mes, la autoridad convocante publicará las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en
el Punto de Acceso General http://administración.gob.es y en la página web de la
Agencia Estatal https://www.boe.es. Se señalará un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del día siguiente a su publicación, para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión, en su caso.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, las listas definitivas se expondrán en los mismos lugares en que lo
fueron las relaciones iniciales, ya con carácter definitivo. En caso de que no se
produzcan alegaciones, el listado provisional se elevará a definitivo.
5.

Tribunal

5.1 El Tribunal calificador del proceso selectivo es el que figura como anexo V de
esta convocatoria. Se podrá consultar el currículo profesional de los miembros
del Tribunal en la web de la Agencia https://www.boe.es, en la siguiente dirección:
https://www.boe.es/organismo/#empleo_boe.
5.2 El Órgano de Selección, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución
Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades
entre ambos sexos.
5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes. Sus
competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la
calificación de los ejercicios.
5.4 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas
de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo
que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, y la
Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el caso de que el Tribunal acuerde parámetros
para la calificación de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos
en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del
ejercicio. Igualmente, en las actas del Tribunal deberá quedar constancia del cálculo y
del desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes por cada uno de
los criterios de valoración establecidos para los ejercicios de la convocatoria.
5.5 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurran las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, en el Departamento de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales, avenida de Manoteras, 54, 28050 Madrid, dirección
de correo electrónico: tribunales@boe.es.
6.

Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Las personas aspirantes serán convocadas a los ejercicios en llamamiento
único, siendo excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan. Los lugares de
celebración del primer ejercicio se determinarán de forma definitiva con anterioridad al
inicio del proceso selectivo en función del número de aspirantes admitidos a las pruebas
selectivas, y se publicarán en sede electrónica con suficiente antelación.
6.2 El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se
iniciará alfabéticamente, por cada número de orden, por el primero de la letra «U», según

cve: BOE-A-2022-20073
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 288