II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-20139)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, a la categoría de Técnico Superior de Gestión (Subgrupo A1).
33 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 164600

Cada uno de los supuestos se valorará de 0 a 12,50 puntos. En cada uno de los
supuestos se deberá alcanzar un mínimo de 6,25 puntos para poder sumar en la
puntuación total del ejercicio.
La puntuación total del ejercicio se obtendrá con la suma de los dos supuestos.
A continuación se configurará una relación, por cada uno de los turnos, que se
ordenará por puntuación de mayor a menor con aquellas personas aspirantes que hayan
superado este segundo ejercicio. La publicación de esta relación se efectuará de
conformidad con la base 14.2 de esta convocatoria.
7.3 El tercer ejercicio se puntuará de 0 a 25 puntos, siendo eliminadas las personas
aspirantes que no alcancen un mínimo de 12,50 puntos.
Cada uno de los temas se valorará de 0 a 12,50 puntos. En cada uno de los temas
se deberá alcanzar un mínimo de 6,25 puntos para poder sumar en la puntuación total
del ejercicio.
La puntuación total del ejercicio se obtendrá con la suma de los dos temas.
Previa la deliberación que, en su caso, se considere oportuna, cada miembro del
tribunal de selección calificará cada uno de los temas, mediante papeletas, pudiendo
conceder de 0 a 12,50 puntos. Para realizar el cómputo se excluirán las puntuaciones
máxima y mínima, sin que en ningún caso puedan ser excluidas más de una máxima y
otra mínima, se sumarán los puntos consignados en todas las restantes y el total se
dividirá por el número de puntuaciones obtenidas. El cociente obtenido constituirá la
calificación de cada tema. Siempre que se alcance la puntuación mínima en cada tema,
el sumatorio de la calificación de cada uno de los dos temas constituirá la calificación de
este tercer ejercicio para cada persona aspirante.
A continuación se configurará una relación, por cada uno de los turnos, que se
ordenará por puntuación de mayor a menor con aquellas personas aspirantes que hayan
superado este tercer ejercicio. La publicación de esta relación se efectuará de
conformidad con la base 14.2 de esta convocatoria.
7.4 La calificación resultante de la fase de oposición, por cada uno de los turnos,
vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en cada uno de los tres
ejercicios, obligatorios y eliminatorios de aquellas personas aspirantes que hayan
superado los mismos. La publicación de la puntuación final de la fase de oposición, se
efectuará de conformidad con la base 14.2 de esta convocatoria.
Junto con la publicación de la relación, por cada turno, de las personas aspirantes
que han superado la fase de oposición, el tribunal, abrirá un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta relación, para que las
personas interesadas presenten la documentación acreditativa de los méritos y
experiencia previstos en el anexo II y en el anexo III; en el Registro General de la
Universitat Politècnica de València, sito en el edificio 3F, planta baja, junto a Rectorado,
Camino de Vera s/n, CP 46071, de Valencia; en el registro de la Escuela Politécnica
Superior de Alcoy sito en la plaza Ferrándiz y Carbonell s/n de Alcoy; en el registro de la
Escuela Politécnica Superior de Gandia sito en la calle Paranimf n.º 1, del Grao de
Gandia, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Únicamente se valorarán aquellos méritos alegados y acreditados suficientemente
por las personas interesadas y cuya fecha de obtención no sea posterior a la fecha de
finalización del plazo de presentación de instancias prevista en la base 4.1.
No se valorarán aquellos méritos que no se encuentren suficientemente acreditados,
no admitiéndose la documentación presentada fuera del plazo concedido a tal efecto en
esta misma base.
Las personas aspirantes que accedan por el turno de promoción interna, deberán
presentar la documentación acreditativa que figura en el anexo II, salvo que conste en su
expediente personal y así lo haga constar la persona interesada en la presentación de la
documentación.

cve: BOE-A-2022-20139
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 288