II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-20139)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, a la categoría de Técnico Superior de Gestión (Subgrupo A1).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 1 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 164604

camino de Vera s/n, CP 46071, de Valencia; del registro de la Escuela Politécnica
Superior de Alcoy sito en la plaza Ferrándiz y Carbonell s/n de Alcoy; del registro de la
Escuela Politécnica Superior de Gandia sito en la calle Paranimf n.º 1, del Grao de
Gandia o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, la siguiente documentación:
11.1.1

Personas aspirantes por el turno de promoción interna:

a) Salvo que conste en el expediente personal, fotocopia compulsada o cotejada
del título académico exigible según la presente convocatoria o certificación académica
que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero deberá adjuntarse la credencial que acredite su
homologación.
b) Salvo que conste en el expediente personal, fotocopia compulsada o cotejada de
los documentos acreditativos de los requisitos o especialidades, en el caso, de que éstos
figuren en la presente convocatoria.
c) Las personas aspirantes con diversidad funcional, deberán presentar fotocopia
compulsada o cotejada de la certificación de la Conselleria de Igualdad y Políticas
Inclusivas u órganos competentes de otras Administraciones Públicas, que acredite
discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, así como su capacidad para
desempeñar las funciones que correspondan a las vacantes ofertadas.
d) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesaria para el desempeño de las funciones de las plazas de trabajo ofertadas. A
estos efectos los reconocimientos se realizarán a través del Servicio Integrado de
Prevención y Salud Laboral de la Universitat Politècnica de València, al objeto de que
éste realice el pertinente reconocimiento médico y expida el certificado médico que
proceda.
e) Fotocopia compulsada o cotejada de los documentos acreditativos de la
exención del pago de tasas de conformidad con la solicitud de la persona interesada.

a) Fotocopia compulsada o cotejada del Documento Nacional de Identidad, o del
documento que acredite su nacionalidad o del pasaporte en el caso de los nacionales de
los estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores, y en su caso los documentos que
acrediten su vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del
nacional de otro estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo deberán presentar
declaración firmada o promesa de éste de que no está separado o separada de derecho
de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a
su cargo.
b) Fotocopia compulsada o cotejada del título académico exigible según la presente
convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios
para la obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
adjuntarse la credencial que acredite su homologación.
c) Fotocopia compulsada o cotejada de los documentos acreditativos de los
requisitos o especialidades, en el caso, de que éstos figuren en la presente convocatoria.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada mediante
expediente disciplinario de cualquier administración o cargo público, así como de no
encontrarse inhabilitado o inhabilitada penalmente para el ejercicio de las funciones
públicas. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán,

cve: BOE-A-2022-20139
Verificable en https://www.boe.es

No obstante lo anterior, el órgano convocante podrá solicitar que se vuelva a exigir
una nueva acreditación de aquellos requisitos cuando lo considere conveniente por el
tiempo transcurrido desde su obtención o porque guarde relación directa con las
funciones o tareas del puesto a desempeñar.
11.1.2 Personas aspirantes por el turno libre: