III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-20159)
Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Navabuena Solar de 448,92 MW, así como parte de su infraestructura de evacuación asociada, en Villalba de los Alcores, Valladolid y La Mudarra (Valladolid)".
29 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 164753

Según el EsIA, en fase de ejecución, el principal impacto sobre la vegetación será la
eliminación/ afección a especies vegetales no pertenecientes a HICs según la Directiva
Hábitat. La mayor parte de las zanjas para las líneas discurrirán por terrenos de cultivo y,
en la medida de lo posible, por bordes de caminos. Las SETs se ubicarán en cultivos de
secano. Por último, como consecuencia de la implantación de la PFV y de las
instalaciones de evacuación, va a ser necesario el apeo de 14 pies arbóreos;
concretamente se trata de 5 pies arbóreos en el sector 4, 7 pies en el sector 6 y 2 pies
por la implantación de la línea LSAT de 400 kV SET «Los Guardas» - SET «Oliva».
También podrían producirse efectos indirectos sobre la vegetación por la generación de
polvo y gases durante las obras.
Toda esta vegetación natural suma una superficie de 12,89 ha, lo que equivale a
un 2% de las parcelas de implantación del proyecto. Aunque la ejecución de viales,
centros de transformación, vallados, SETs y líneas subterráneas supone una cierta
pérdida de vegetación natural, el abandono de los trabajos agrícolas implica que, con el
tiempo, se establecerá una vegetación espontánea en la mayor parte de la superficie de
implantación de los sectores de la PFV.
Para paliar estos impactos, el EsIA recoge que se realizará una prospección de flora
previa al inicio de las obras para descartar la presencia de ejemplares de especies de
interés; se descartará la implantación de seguidores fotovoltaicos en áreas de vegetación
natural o con pendiente superior al 10-15% y se balizarán estas zonas para evitar su
ocupación; y se limitará la circulación de vehículos y maquinaria y los movimientos de
tierras y trabajos de desbroce al mínimo necesario en cuanto a extensión y a tiempo de
ejecución. Tras la fase de obra se realizarán actuaciones de revegetación en aquellas
zonas no ocupadas por las instalaciones, que lo necesiten, utilizando especies que
puedan constituir un buen hábitat de alimentación y cría para especies esteparias
(leguminosas y cereales de talla alta). Como medida compensatoria por la tala de un
total de 14 pies arbóreos, fundamentalmente de Quercus ilex y Pinus pinea, se realizará
la plantación de 140 árboles, preferiblemente de las mismas especies. Estos árboles
podrán ser plantados en las plantaciones de la medida correctora del impacto sobre el
paisaje de «pérdida de calidad visual» en la fase de explotación, la cual consiste en la
realización de pantallas vegetales, dándose cumplimiento simultáneamente a esta
medida compensatoria y a la medida correctora mencionada.
En fase de explotación, el EsIA no estima impactos sobre la vegetación. Se realizará
el control de la vegetación espontánea mediante desbroce o pastoreo, manteniendo una
cubierta vegetal compatible con la PFV, que evite la generación de polvo, que tenga un
porte reducido y que no condicione las labores de operación y mantenimiento. Esta
cubierta mantendrá la fertilidad de los suelos y su estructura de forma que se pueda
recuperar el uso agrícola tras la finalización de la vida útil de la planta. Asimismo, no se
utilizarán herbicidas para el control en altura de la vegetación. Como medida
compensatoria se incluye la incentivación a propietarios para la puesta en cultivo de
cereal de zonas actualmente abandonadas o en barbecho prolongado.
Según los informes emitidos por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de
Valladolid de la Junta de Castilla y León, se excluirán como zonas en las que implantar
cualquier tipo de infraestructura las masas forestales y los árboles aislados que se
encuentran dentro del ámbito de la PFV Navabuena Solar. Así, la instalación de la PFV y
sus infraestructuras (líneas subterráneas de evacuación, vallado de los recintos, viales
que conectan los recintos, e implantación de las SETs) no determinarán en ningún
momento la eliminación de arbolado, cuya corta sólo estará condicionada a una correcta
gestión de la masa forestal conforme a su desarrollo. Asimismo, las zonas donde se
lleven a cabo las labores auxiliares del proyecto se situarán alejadas de cualquier zona
ambientalmente sensible.
En los límites de los distintos sectores que definen la PFV que sean colindantes con
terrenos de masas forestales arboladas, el cerramiento deberá ejecutarse al menos a
una distancia de 10 m del linde del monte. Asimismo, se realizará una pista forestal entre
el monte y el cerramiento, que garantice una franja de prevención ante posibles

cve: BOE-A-2022-20159
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 288