III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-20163)
Orden ETD/1180/2022, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la creación de cátedras universidad-empresa (Cátedras Enia), destinadas a la investigación y desarrollo de la inteligencia artificial, para su difusión y la formación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 1 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 164903

– Recibí del proveedor, limitado a los conceptos de otros gastos de funcionamiento y
de gastos generales suplementarios, siempre que sean importes menores de 600 €.
– Cualquier otro documento mercantil que permita verificar la trazabilidad del pago.
En el caso de que el justificante de pago incluya varias facturas referidas a la misma
actividad, se acompañará una relación de las mismas.
En el caso de que no sean referidas a la misma actividad, la justificación del pago se
realizará mediante la aportación del correspondiente extracto bancario acompañado de
uno de los siguientes documentos:
– Relación emitida por la entidad bancaria de los pagos realizados.
– Orden de pago de la empresa sellada por la entidad bancaria.
A las facturas en moneda extranjera se acompañarán los documentos bancarios de
cargo en los que conste el cambio utilizado.
No se admitirán como justificantes de pago documentos internos de la entidad
beneficiaria, ni capturas de pantalla de ERPs.
C.

Documentación a presentar con la justificación técnico-económica de la 4.ª
anualidad

Se presentará la misma documentación justificativa de los apartados A y B
anteriores. En caso de requerirse documentación adicional se proporcionará una plantilla
a publicar en el Portal de Ayudas del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital.
ANEXO VI
Informe de Auditor ROAC para Auditoría Económica
A. Objetivo del Informe de Auditoría Económica
El objetivo de la Auditoría Económica es verificar la ejecución económica del
proyecto, con el siguiente alcance. Los detalles se incluyen en los procedimientos de los
apartados siguientes:
1. Verificar la cuantificación del gasto imputado en cada una de las anualidades
del mismo.
2. Verificar la elegibilidad de dicho gasto.
3. Realizar verificaciones in situ
Los detalles y el alcance de cada punto anterior se explican dentro de los
apartados 4 y 5 siguientes en este mismo anexo III.
En el caso de realizarse la auditoría en otro país, se hará la correspondiente
traslación de conceptos y documentos.
Auditores facultados para la realización del informe

El informe de auditoría económica de la cuenta justificativa deberá realizarse por un
auditor de cuentas (o por una sociedad de auditoría) inscrito como ejerciente en el
Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC). Además, deberá ser independiente del
que, en su caso, auditó las cuentas anuales durante el periodo de ejecución de
las ayudas.

cve: BOE-A-2022-20163
Verificable en https://www.boe.es

B.