III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-20163)
Orden ETD/1180/2022, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la creación de cátedras universidad-empresa (Cátedras Enia), destinadas a la investigación y desarrollo de la inteligencia artificial, para su difusión y la formación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 1 de diciembre de 2022

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imponible del IRPF y sea la entidad beneficiaria la que realice el ingreso de las cuotas en
lugar del trabajador.
En el caso de trabajar en otro país, se hará la correspondiente traslación de
conceptos y documentos.
H = Horas anuales efectivas del empleado. Se deben calcular a partir del convenio
laboral y teniendo en consideración las posibles reducciones de jornada. Adicionalmente
se excluirán las horas en las que el trabajador se encuentre de baja, permiso de
paternidad/maternidad, expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), etc. y
dicha situación no genere coste para la entidad beneficiaria.
5. Otras cuestiones: en la memoria técnica justificativa se debe informar acerca del
personal que intervenga en el proyecto, y que no pueda imputar coste por no tratarse de
un coste marginal en el caso de las universidades públicas, así como el número de horas
dedicadas al mismo. Las horas dedicadas por personal que no puede imputar coste al
proyecto quedarán reflejadas en tablas de trazabilidad de carácter informativo.
B.

Costes de instrumental y material

1. Se consideran subvencionables los costes de instrumental y material
inventariable, en la medida y durante el período que se utilice para el desarrollo del plan
de actuaciones. En caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su
vida útil dicho cometido, únicamente se considerarán subvencionables los costes de
amortización correspondientes a la duración del plan de actuaciones calculado según
buenas prácticas de contabilidad.
2. Se considerará financiable el arrendamiento financiero de los bienes de esa
naturaleza correspondientes al periodo financiable del proyecto, sólo cuando haya sido
recogido en el plan de actuaciones.
3. El cálculo de la amortización se realizará de acuerdo con el número de años y al
porcentaje de amortización anual que el beneficiario determine. Para el cálculo del
tiempo dedicado al proyecto se tomará como base la relación horas imputadas del bien
al proyecto/jornada laboral anual.
El coste imputable de amortización se realizará según se expresa a continuación:
Coste de la amortización anual = 𝑋 × 𝑌 ×

𝐻
𝐽

Siendo el contenido, para cada valor, el siguiente:

4. A los efectos de verificar el cumplimiento del artículo 31 de la Ley 38/2003,
General de Subvenciones, para los suministros que supongan un importe superior al
establecido para el contrato menor, en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, deberán adjuntarse en la justificación tres ofertas de diferentes
proveedores, solicitadas con carácter previo a la contracción del compromiso para la
prestación del servicio, salvo que por sus especiales características no exista en el
mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren
(artículo 31.3 de la LGS 38/2003).
En caso de que resulte de aplicación, se deberá acreditar documentalmente el
procedimiento de adjudicación empleado, según las modalidades que establece la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público o su equivalente en el
país de ejecución.

cve: BOE-A-2022-20163
Verificable en https://www.boe.es

– X = Coste de compra del bien inventariable.
– Y = Porcentaje de amortización anual establecido por la empresa.
– H = Número de horas imputadas en la anualidad al proyecto del bien inventariable.
Se calcularán en función del tiempo dedicado al proyecto.
– J = Jornada laboral anual según convenio de la empresa.