III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-20163)
Orden ETD/1180/2022, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la creación de cátedras universidad-empresa (Cátedras Enia), destinadas a la investigación y desarrollo de la inteligencia artificial, para su difusión y la formación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 1 de diciembre de 2022
Decimosexto.

Sec. III. Pág. 164876

Criterios de evaluación.

1. Se establecen como criterios excluyentes para optar a financiación los
siguientes, para ambos subprogramas:
a) Que la solicitud y su plan de actuaciones no se adecúen al objeto definido en
cada convocatoria y sus bases reguladoras.
b) Que no se satisfagan los requisitos de específicos de aportación de fondos
propios y de garantía especificados en el apartado séptimo de la convocatoria.
c) Que no se acredite la presencia de al menos un 30 % de mujeres en la
composición del equipo investigador asociado a la cátedra.
d) Que la entidad solicitante no obtenga una calificación de solvencia financiera
superior a C, según la metodología definida en el apartado siguiente.

Criterios evaluación Subprograma de Creación de Nuevas Cátedras en IA

Puntuación
máxima

Umbral
de puntuación

Calidad de la propuesta

30

15

i. Calidad y concreción del plan de trabajo y sus acciones de investigación, formación, difusión y explotación.

10

5

ii. Calidad científica de las líneas de investigación y adecuación al área temática de la propuesta.

10

5

iii. Excelencia científica y docente de la entidad proponente y de su equipo investigador.

10

5

25

10

iv. Calidad y credibilidad del plan de sostenibilidad de la cátedra.

10

5

v. Viabilidad técnica y científica de las líneas de investigación propuestas.

10

5

vi. Adecuación de los recursos solicitados a los objetivos y planificación de la cátedra.

5

Viabilidad Técnica y Económica de la Propuesta

Impacto de las Actividades de la Cátedra

25

10

vii. Calidad de las acciones de formación y difusión propuestas y grado de contribución a la ENIA.

10

4

viii. Integración de los resultados en el tejido productivo, diversidad temática en IA y/o carácter multidisciplinar.

10

4

ix. Proyección, colaboración e internacionalización de la cátedra y sus resultados.

5

2

Criterios de Efecto Incentivador

20

x. Criterio de dispersión geográfica.

10

xi. Porcentaje de fondos propios privados.

5

cve: BOE-A-2022-20163
Verificable en https://www.boe.es

2. La solvencia financiera se valorará tomando en consideración la capacidad
financiera de la entidad para cumplir con las obligaciones contraídas, y el importe de
ayuda solicitado. Dicha valoración se obtendrá aplicando una metodología equivalente a
las utilizadas por las calificaciones de las agencias crediticias, de los sistemas
nacionales de calificación o de los empleados por las entidades financieras, conforme a
la Comunicación de la Comisión Europea (COM 2008/C 14/02) relativa a la revisión del
método de fijación de los tipos de referencia y de actualización.
Será el órgano instructor el encargado de determinar esta calificación, no siendo
admisible ni sustituible por otras calificaciones aportadas por los propios solicitantes.
3. Los criterios objetivos de otorgamiento de la ayuda y la ponderación de los
mismos son los que se recogen a continuación en función de cada subprograma. Los
umbrales representan los límites que es necesario superar para poder ser objeto de
ayuda. La puntuación total de la evaluación estará normalizada en el rango entre 0 y 100
puntos. En ningún caso se podrán conceder ayudas a aquellos proyectos cuya
puntuación no alcance los referidos umbrales o no superen los criterios excluyentes.
El anexo I de la presente convocatoria contiene una descripción detallada del
significado y valoración de los criterios de evaluación.