III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-20163)
Orden ETD/1180/2022, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la creación de cátedras universidad-empresa (Cátedras Enia), destinadas a la investigación y desarrollo de la inteligencia artificial, para su difusión y la formación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 1 de diciembre de 2022

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3. La puesta en marcha de mecanismos de financiación de cátedras a través de
convocatorias de ayuda Cátedras ENIA forma parte del componente 16 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia: la Estrategia Nacional de Inteligencia
Artificial.
Segundo.

Beneficiarios.

1. Podrán tener la condición de beneficiarias, tal y como se establece en el
artículo 9 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas,
las universidades, tanto públicas como privadas residentes en España y que se definan
como tales en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
2. Los requisitos exigidos a los solicitantes para poder participar en esta
convocatoria se han de cumplir en la fecha de presentación de la solicitud.
3. No podrá obtener la condición de beneficiario el solicitante en que concurra
alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
4. Las obligaciones de los beneficiarios serán las establecidas en el artículo 11 de
la orden de bases que regula la convocatoria de estas ayudas.
Tercero.

Actuaciones objeto de las ayudas.

Las actuaciones subvencionables estarán ligadas al desarrollo de un plan de
actuaciones a desarrollar por parte del beneficiario de la ayuda, remitido como parte de
la solicitud, y enmarcadas dentro del área temática seleccionada para la cátedra
universidad-empresa dentro de las definidas en el apartado undécimo de la presente
convocatoria. Las actividades que pueden formar parte de un plan de actuaciones, son
las mismas para todos los subprogramas y comprenden una o varias de las siguientes:
a) Actividades de formación, solo en el caso de universidades públicas, al no
constituir para ellas actividad económica:
i. Desarrollo de programas de formación de grado y postgrado ligados a la IA.
ii. Desarrollo de programas de Trabajos Fin de Estudios (de Grado y de Master).
iii. Conferencias y seminarios en el marco de las actividades de la cátedra.
iv. Incentivación de la cooperación educativa (estudiantes en prácticas académicas
externas o en empresas) relacionadas con la temática de la cátedra.
v. Colaboración en los planes de formación de la empresa/institución.
b) Actividades de investigación, tanto fundamental como industrial, y desarrollo
experimental, incluyendo:

c) Actividades de divulgación, cooperación público-privada y transferencia del
conocimiento.
i. Realización de jornadas y publicaciones de divulgación de conocimiento.
ii. Colaboración en la promoción de eventos técnicos y científicos.
iii. Desarrollo de patentes ligadas a la cátedra.
iv. Actividades en el seno de grupos de estandarización o grupos de trabajo,
nacionales o internacionales, de instituciones relevantes en el ámbito de la IA y de la
temática de la cátedra.

cve: BOE-A-2022-20163
Verificable en https://www.boe.es

i. Desarrollo de líneas de investigación.
ii. Realización de trabajos de investigación, incluyendo aquellos enmarcados en la
realización de tesis doctorales.
iii. Promoción de encuentros nacionales e internacionales de expertos sobre temas
relacionados con la cátedra.
iv. Cooperación para conseguir proyectos de investigación en los ámbitos regional,
nacional e internacional.