III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-20011)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E., para la gestión de ayudas del MAPA en la línea "ICO MAPA SAECA" en el marco de la línea "ICO Garantía SGR/SAECA".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 30 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 164004

Las tres partes se reconocen recíprocamente competencia y capacidad legal para
obligarse y formalizar la presente Adenda de modificación de Convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 18 de mayo de 2022 el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y la Sociedad Anónima Estatal de
Caución Agraria, S.M.E. suscribieron el Convenio para la gestión de ayudas del MAPA
en la línea «ICO MAPA SAECA» en el marco de la línea «ICO Garantía SGR/SAECA»,
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de junio de 2022.
Segundo.
Que el objeto del convenio es articular el compromiso financiero adquirido por el
MAPA en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se
adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía, así como
establecer los términos y condiciones en que se llevará a cabo la gestión de ICO y
SAECA como entidades colaboradoras de la medida adoptada en el citado artículo 6 del
Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo.
Tercero.
Que el artículo 6.9 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, establece que las
ayudas de la línea «ICO-MAPA-SAECA» se atenderán con cargo al crédito que a estos
efectos se habilite, con el carácter de incorporable, en el presupuesto del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, con una dotación inicial de 10 millones de euros.
Cuarto.
Que con fecha 26 de junio de 2022 se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado»
el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan
determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la
guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica,
y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.

Que el artículo 21 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, amplía la línea de
financiación establecida en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo,
estableciendo la ampliación del importe máximo en 10 millones de euros, que se
habilitarán en la partida presupuestaria 21.01.411M.770. Dicho artículo establece
además que una vez habilitado el crédito al que hace referencia el apartado 1, se
entenderá automáticamente adecuado el crédito máximo de la Orden de 12 de mayo
de 2022 por la que se convocan las subvenciones establecidas en el artículo 6 del Real
Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, y el plazo de presentación de solicitudes concluirá
automáticamente el 1 de mayo de 2023, en ambos casos sin la necesidad de una nueva
orden de convocatoria.
Sexto.
Que el artículo 21.4 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, dispone que para
la instrumentación de la ampliación de la dotación y del plazo de presentación de
solicitudes se formalizará una adenda al Convenio formalizado entre el MAPA, el Instituto
de Crédito Oficial (ICO) y la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA).

cve: BOE-A-2022-20011
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Quinto.