II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2022-19934)
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector/a, de la Policía Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 30 de noviembre de 2022
B.
B.1

Sec. II.B. Pág. 163507

Parámetros biológicos, enfermedades y causas generales

Parámetros biológicos.

1. Altura: Se establecerá en función de la estatura recogida en el reglamento de
procesos selectivos y formación vigente en el momento de la convocatoria y se medirá
en bipedestación en tallímetro clínico y en dos ocasiones, dando por válido la mejor de
ambas. No se admitirá ningún tipo de cirugía o técnica semejante (prótesis temporales o
permanentes) que supongan una alteración de la altura anatómica.
2. El índice de masa corporal (IMC): No sobrepasará 28 ni será inferior a 18. Se
podrán aceptar IMC superiores a 28 si objetiva y claramente se deben, no a un aumento
de la grasa corporal, sino a un desarrollo muscular marcado, y no presenta patología ni
factores de riesgo sobreañadidos. El cálculo del índice de masa corporal se efectuará
aplicando la siguiente fórmula: IMC = P/T², donde P es el peso de la persona aspirante
desnuda en kilogramos y T la talla en metros.
3. Alteraciones de la tensión arterial: la tensión arterial será eliminatoria a partir
de 140 mm Hg de sistólica y/o 90 de diastólica. La toma se realizará, si fuera necesario,
y para descartar en lo posible el componente emocional o de «bata blanca», una
segunda vez, y tras reposo horizontal de diez minutos.
B.2

Enfermedades y causas generales.

C.

Piel y tejido celular subcutáneo

1. Dermatosis extensas y generalizadas de la piel o cuero cabelludo de tendencia
crónica o recidivante, o aquellas que por su localización, extensión o estado clínico
interfieran con las actividades policiales o con el uso de la uniformidad o dotación
profesional que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones
policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona
asesora médica designada.
2. Dermopatías contagiosas.

cve: BOE-A-2022-19934
Verificable en https://www.boe.es

1. Anomalías genéticas, congénitas o adquiridas que en opinión de la persona
asesora especialista puedan menoscabar en el momento del examen o, previsiblemente
en el futuro, la eficacia en la ejecución de las misiones encomendadas o alterar la salud
del examinado.
2. Procesos endocrinometabólicos que produzcan alteraciones morfológicas o
funcionales de importancia pronóstica o que requieran terapia sustitutiva continua que
menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales,
evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica
designada.
3. Procesos y enfermedades infecciosas y parasitarias que, por la presencia de
trastornos funcionales, por exigir un tratamiento continuo o por su contagiosidad
menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales,
evaluadas de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica
designada.
4. Procesos inmunoalérgicos, de importancia pronóstica y funcional que
menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
5. Procesos reumáticos que originen trastornos funcionales.
6. Tumores malignos y lesiones precancerosas en cualquier localización y estadio,
y los tumores benignos que por su tamaño o localización menoscaben la capacidad para
el normal desarrollo de las funciones policiales.
7. Intoxicaciones crónicas que determinen trastornos anatómicos o funcionales que
menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
8. Utilización de cualquier tipo de medicación o droga que pueda disminuir la
capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente menoscaben la capacidad
para el normal desarrollo de las funciones policiales.