II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2022-19934)
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector/a, de la Policía Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 163506

jurada o promesa suscrita por la persona aspirante que se generará y firmará de forma
automática por la aplicación.
2.º Quienes sean miembros de familia numerosa clasificada en la «categoría
especial», deberán acreditarlo mediante copia auténtica del título oficial, en vigor,
acreditativo de tal condición y expedido por la correspondiente Comunidad Autónoma.
3.º Las víctimas del terrorismo, entendiendo como tales, las personas que hayan
sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo
acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la
que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga
relación de afectividad, el cónyuge de la persona fallecida y los hijos e hijas de las
personas heridas y fallecidas.
5.

Bonificaciones

Tendrán una bonificación del cincuenta por ciento en el pago de la tasa por derechos
de examen, quienes acrediten la condición de familia numerosa clasificada en «categoría
general», por lo que el importe de la tasa será de quince euros con cincuenta y cinco
céntimos (15,55 €); para ello deberán aportar copia auténtica del título oficial, en vigor,
acreditativo de tal condición y expedido por la correspondiente Comunidad Autónoma.
Las personas exentas del pago de tasa o que tengan derecho a la bonificación,
consecuente con lo dispuesto sobre el plazo para el pago de la tasa de examen, deberán
presentar los documentos acreditativos de la exención o de la bonificación dentro del
plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso, anexando la
documentación a través del portal del aspirante.
ANEXO IV
Cuadro de exclusiones médicas para ingreso en la Policía Nacional (Real
Decreto 326/2021, de 11 de mayo)
Cuadro médico de exclusiones
A. Motivos generales de exclusión
1. Procesos que imposibiliten la realización de las pruebas físicas en los plazos
prefijados, teniendo en cuenta las normas y disposiciones relativas a la protección de la
maternidad, que se establezcan de conformidad con lo dispuesto la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el
Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III
Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los
Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.
2. Procesos que hagan prever la incapacidad para realizar los períodos de
formación adecuadamente.
3. Procesos en los que se prevea que en el futuro serán un motivo de incapacidad
psicofísica permanente.
4. En la revisión de las calificaciones por resultar «no apto» o «no apta» en
aplicación de alguno de los apartados de exclusión, la evaluación correspondiente
abarcará aquellos del cuadro médico de exclusiones que el órgano médico pericial
considere relevante, no estando limitado por las evaluaciones previas o ajenas al mismo,
siendo determinantes los resultados de exploración y pruebas complementarias
realizadas en el día y hora señalados para dicha prueba.
5. Las patologías que por resultar incompatible con las funciones de la Policía
Nacional, y que conforme a la definición del presente cuadro médico de exclusiones
sean susceptibles de valoración, serán evaluadas de forma individualizada con informe
técnico emitido por la persona asesora médica designada.

cve: BOE-A-2022-19934
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Núm. 287