III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2022-19978)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica la Adenda de modificación del Acuerdo de encomienda de gestión al Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, para la tramitación de expedientes de nacionalidad por residencia del periodo 2016-2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 30 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 163825

Colegio de Registradores, aprobados por Real Decreto 483/1997, de 14 de abril, antes
mencionado, de conformidad con la cláusula cuarta de la adenda de 29 de octubre
de 2021 por la que se modifica la cláusula octava de la encomienda de 25 de abril
de 2019 y previo acuerdo de la comisión de seguimiento, ambas partes acuerdan
suscribir la presente adenda de prórroga a la encomienda de gestión, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

La adenda tiene por objeto la prórroga por un año del plazo de ejecución de la
encomienda suscrita el 25 de abril de 2019 en las condiciones establecidas en la adenda
de 29 de octubre de 2021.
Segunda.

Modificación de la cláusula séptima Compensación.

Toda vez que resulta necesario cubrir los costes correspondientes al soporte,
mantenimiento, infraestructura y sistemas de la aplicación Atenas durante un año más, el
CORPME acepta que la compensación económica sea de 211.805,73 euros, misma
cantidad que la fijada para el año 2022 en la adenda de 29 de octubre de 2021, a pesar
de haberse producido un considerable incremento de los mismos.
El importe se imputará a la aplicación presupuestaria 13.03.94.113M.620.06 en el
ejercicio 2023, para la que existe crédito adecuado y suficiente.
El abono se llevará a cabo, previa conformidad con el trabajo realizado por parte de
la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en dos pagos:
– Un primer pago de 105.902 euros a realizar concluido el primer semestre de
ejecución.
– Un segundo pago de 105.903,73 euros a realizar antes del 15 de noviembre
de 2023.
No se realizará pago anticipado alguno.
El régimen final de pagos de la encomienda establecido en la cláusula séptima
queda, por tanto, en los siguientes importes y anualidades:
Importe

euros

Anualidad

Apl. Presupuestaria

2020

13.03.91.113M.620.06

1.258.299

2021

13.03.91.113M.620.06

419.433

2022

13.03.91.113M.620.06

211.805,73

2023

13.03.94.113M.620.06

211.805,73
2.101.343,46

Tercera. Duración y plazos de ejecución.
Se prorroga el plazo de ejecución establecido en la cláusula octava durante un año a
partir del 15 de noviembre de 2022.

cve: BOE-A-2022-19978
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