III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-20019)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Burgos, para la realización de prácticas externas en la Dirección Provincial de Burgos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 164079
procedimientos administrativos derivados del ejercicio de las competencias atribuidas por
el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Teniendo en cuenta que, durante la realización de las prácticas universitarias
externas, los alumnos universitarios no mantienen relación jurídica administrativa o
laboral con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y toda vez que durante el
desarrollo de las prácticas externas, conforme la planificación e indicaciones acordadas
por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Universidad de Burgos, los
estudiantes universitarios pueden acceder ocasional u accidentalmente a los sistemas de
información, bases de datos, aplicaciones informáticas y transacciones utilizadas por la
Administración de la Seguridad Social, se hace necesario que de forma previa al inicio
de las prácticas se suscriba por cada alumno el presente Compromiso de
Confidencialidad:
CONDICIONES
D. ......................................................................................., alumno de la Universidad
de Burgos durante el curso académico 20 .... 20 ......, acepta las siguientes condiciones
de utilización de los sistemas de información, bases de datos, aplicaciones informáticas y
transacciones utilizadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
1. Aceptación de finalidad. El alumno durante las prácticas académicas externas
acepta y asume por la presente que la utilización de los datos de carácter personal se
produce a los fines exclusivos de realización de prácticas formativas como parte
integrante del currículo académico de la titulación universitaria en la que se encuentra
matriculado, sin que ello suponga realización de actividad laboral alguna, y que cualquier
otro uso que reciban esos esos datos constituye un incumplimiento que podrá dar lugar a
las responsabilidades oportunas.
2. Extensión de la confidencialidad. Todos los alumnos en prácticas académicas
que, en su caso, constituyan un grupo deberán suscribir de forma independiente un
compromiso de confidencialidad, en condiciones similares a las presentes, donde
asuman las obligaciones en relación con los datos de carácter personal utilizados.
3. Facultades de control. El Instituto Nacional de la Seguridad Social, como
organismo titular de los sistemas de información, bases de datos, aplicaciones
informáticas y transacciones, se reserva en todo momento la facultad de realizar las
auditorías que considere necesarias con la finalidad de comprobar el acceso y la
utilización de la información a los fines exclusivos de realización de prácticas
académicas.
El alumno en prácticas académicas acepta someterse a todas las actuaciones de
control y supervisión que puedan acordarse por el correspondiente órgano auditor del
Instituto Nacional de la Seguridad Social, al objeto de verificar la adecuada obtención y
utilización de la información utilizada y de las condiciones normativas que resultan de
aplicación, para lo que deberá disponer de un procedimiento para que se puedan
efectuar dichas auditorías, con la obligación, en su caso, de adecuarlos a sus
indicaciones y recomendaciones.
4. Revisiones. El Instituto Nacional de la Seguridad Social se reservan la facultad
de revisar en cualquier momento posterior a la firma de este documento, la forma de
acceso a los datos y el establecimiento de limitaciones por razones técnicas, por
modificación de los contenidos de los ficheros/bases de datos a raíz de mejoras
introducidas en los mismos, o por otras razones que pudieran suponer alteración de las
condiciones asumidas.
5. Medidas de seguridad. El Instituto Nacional de la Seguridad Social adoptará las
medidas técnicas, administrativas y organizativas necesarias para asegurar que ninguno
de los datos de carácter personales a los que pueda acceder el alumno en prácticas sea
distribuido a terceros.
cve: BOE-A-2022-20019
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 287
Miércoles 30 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 164079
procedimientos administrativos derivados del ejercicio de las competencias atribuidas por
el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Teniendo en cuenta que, durante la realización de las prácticas universitarias
externas, los alumnos universitarios no mantienen relación jurídica administrativa o
laboral con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y toda vez que durante el
desarrollo de las prácticas externas, conforme la planificación e indicaciones acordadas
por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Universidad de Burgos, los
estudiantes universitarios pueden acceder ocasional u accidentalmente a los sistemas de
información, bases de datos, aplicaciones informáticas y transacciones utilizadas por la
Administración de la Seguridad Social, se hace necesario que de forma previa al inicio
de las prácticas se suscriba por cada alumno el presente Compromiso de
Confidencialidad:
CONDICIONES
D. ......................................................................................., alumno de la Universidad
de Burgos durante el curso académico 20 .... 20 ......, acepta las siguientes condiciones
de utilización de los sistemas de información, bases de datos, aplicaciones informáticas y
transacciones utilizadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
1. Aceptación de finalidad. El alumno durante las prácticas académicas externas
acepta y asume por la presente que la utilización de los datos de carácter personal se
produce a los fines exclusivos de realización de prácticas formativas como parte
integrante del currículo académico de la titulación universitaria en la que se encuentra
matriculado, sin que ello suponga realización de actividad laboral alguna, y que cualquier
otro uso que reciban esos esos datos constituye un incumplimiento que podrá dar lugar a
las responsabilidades oportunas.
2. Extensión de la confidencialidad. Todos los alumnos en prácticas académicas
que, en su caso, constituyan un grupo deberán suscribir de forma independiente un
compromiso de confidencialidad, en condiciones similares a las presentes, donde
asuman las obligaciones en relación con los datos de carácter personal utilizados.
3. Facultades de control. El Instituto Nacional de la Seguridad Social, como
organismo titular de los sistemas de información, bases de datos, aplicaciones
informáticas y transacciones, se reserva en todo momento la facultad de realizar las
auditorías que considere necesarias con la finalidad de comprobar el acceso y la
utilización de la información a los fines exclusivos de realización de prácticas
académicas.
El alumno en prácticas académicas acepta someterse a todas las actuaciones de
control y supervisión que puedan acordarse por el correspondiente órgano auditor del
Instituto Nacional de la Seguridad Social, al objeto de verificar la adecuada obtención y
utilización de la información utilizada y de las condiciones normativas que resultan de
aplicación, para lo que deberá disponer de un procedimiento para que se puedan
efectuar dichas auditorías, con la obligación, en su caso, de adecuarlos a sus
indicaciones y recomendaciones.
4. Revisiones. El Instituto Nacional de la Seguridad Social se reservan la facultad
de revisar en cualquier momento posterior a la firma de este documento, la forma de
acceso a los datos y el establecimiento de limitaciones por razones técnicas, por
modificación de los contenidos de los ficheros/bases de datos a raíz de mejoras
introducidas en los mismos, o por otras razones que pudieran suponer alteración de las
condiciones asumidas.
5. Medidas de seguridad. El Instituto Nacional de la Seguridad Social adoptará las
medidas técnicas, administrativas y organizativas necesarias para asegurar que ninguno
de los datos de carácter personales a los que pueda acceder el alumno en prácticas sea
distribuido a terceros.
cve: BOE-A-2022-20019
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 287